
En aras de contribuir al debate en curso sobre el Proyecto de Constitución, Cuba Posible ha pedido a un grupo de intelectuales y especialistas en diversas materias que responda a la siguiente pregunta: ¿Cuáles son los siete temas que usted considera imprescindibles analizar en la reforma constitucional y por qué? Solicitamos que las propuestas fueran redactadas de la manera más concisa posible (una cuartilla) con el objetivo de generar documentos precisos, de lectura amena, con ideas interconectadas de fácil comprensión y asequibles al mayor número de personas, ya que la tarea de pensar y diseñar la Cuba a la que aspiramos, nos corresponde a todos. A continuación mostramos las opiniones del economista Omar Everleny.
A continuación, aporto al empeño de Cuba Posible en torno al debate sobre la actual Reforma Constitucional. En ello, me limitó a cinco aspectos acerca de los cuales siento necesidad y responsabilidad de opinar, así como de señalar que demandan un análisis amplio y, sobre todo, maduro, profundo y sereno.
-Considero pertinente la supresión del Artículo 22, que forma parte del capítulo dedicado a los Fundamentos Económicos. Una Constitución no puede prohibir la concentración de riqueza, siempre que esta se logre legalmente.
-Estimo la necesidad de lograr mayor integralidad en el Artículo 28, también del capítulo sobre los Fundamentos Económicos. El país, como la inmensa mayoría de los países, requiere de la inversión, pues de lo contrario no tendrá económica, ni progreso, ni equidad social y mucho menos igualdad. En este sentido, no deben disfrutar de garantías sólo las inversiones extranjeras; sino también las empresas privadas nacionales que, además, deben ser reconocidas constitucionalmente con mayor claridad. Una Constitución comprometida con el presente y con el futuro, no puede obviar esta realidad.
-Resulta incoherente que el Estado debe garantizar los servicios sociales, porque ellos constituyen derechos inalienables de los cubanos, además conquistados con mucho esfuerzo por parte de varias generaciones, y ahora el Artículo 31 defina que el trabajador no recibirá toda la remuneración de su trabajo, porque el Estado lo va a complementar con servicios sociales universales. Esto, no sólo resulta incoherente, sino también inadmisible. Son 2 cosas distintas; el Estado debe garantizar los servicios sociales y debe pagarle al trabajador todo su aporte de acuerdo al trabajo realizado.
-Los cargos públicos como Presidente de la República, Primer Ministro, Gobernador e Intendente, aunque sean propuestos por la Asamblea Nacional o el Jefe del Estado o la Asamblea Municipal, o de otra forma, deberán ser electos directamente por el pueblo. En los casos del Presidente de la República y el Primer Ministro, con la participación de toda sociedad cubana. Los Gobernadores, con la participación de todos los ciudadanos de sus respectivas provincias. Los Intendentes, con la participación de todos los ciudadanos de sus respectivos municipios.
-En cuanto al Artículo 59, presento una interrogante. El mismo afirma que el Estado reconoce, respeta y garantiza la libertad de pensamiento, conciencia y expresión, y que toda persona tiene derecho a guardar reserva sobre sus convicciones. ¿Cómo vamos a poder garantizar, defender, exigir y evaluar su cumplimiento?
Javier Puig Santos dice:
Hay que partir de una base correcta poniendo al ciudadano soberano como eje central de la nación. Estado para resolver cosas y usado de forma ambigua como sinónimo de Gobierno parte de un concepto ilegítimo sobre quiénes son los soberanos y el Gobierno como representante. Hay que diseñar todo por el ciudadano soberano y no se pide migajas al Gobierno sino que este se subordina a los ciudadanos y debe rendir cuenta y representar los intereses de los ciudadanos. La organización de una sociedad requiere de identificar todos los elementos fundamentales y su interrelación. Por eso debe ser a través de un Sistema de Gestión Social completo. La Constitución es el instrumento por excelencia del ciudadano para aprobar dicho sistema. En el mundo contemporáneo se requiere un nuevo paradigma basado en el Desarrollo Sostenible. Hay que dejar tabúes y filosofías obsoletas que ocasionan múltiple efectos no deseados en la sociedad por ser parciales. La solución concreta y completa está hecha ya con mucho esfuerzo: Proyecto de Constitución Cuba 2018 basado en el Desarrollo Sostenible. Es la vía para poder debatir y contrarrestar una propuesta de Proyecto de Constitución del Gobierno que no responde a los intereses ciudadanos y sólo constituye un instrumento para dar privilegios a costa de restringir y bloquear los derechos y libertades del ciudadano soberano.
Javier Puig Santos
Gina Rivero dice:
Parto del principio que redactar, discutir modificar y aprobar una Constitución sin que eso conlleve la creación de un Tribunal Constitucional es un acto improcedente, es un texto que nace muerto y un embuste . Quien garantiza mis derechos Constitucionales: los mismos que hasta ahora los han violado sin que pase nada. No más » aprobada » la Constitución comenzarán los decretos, disposiciones, decretos leyes para anti decretar la Constitución o es que siempre no ha sido así, si lo dudan pregúntenle a los » orientales»
Cuando se violan los derechos de los privados de libertad, quienes los defienden? , los mismos que se los violan ? Y asi un gran etc