Brevísimas opiniones sobre el 68

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  1. República y derechos: “A quien merme un derecho, córtesele la mano”. Introducción a un dossier
  2. Informe Cuba Posible: “La institucionalidad del gobierno local después de 2018: gobernabilidad y descentralización”.
  3. Una reforma constitucional para el siglo XXI cubano: elementos para el diálogo
  4. Las reformas a la Constitución cubana: Martha Prieto Valdés
  5. Relación cambios/continuidad en materia constitucional: monseñor Carlos Manuel de Céspedes
  6. Pasado, presente y futuro de la reforma constitucional en Cuba (1959-2017): Teodoro Yan Guzmán
  7. Reforma constitucional y “pacto intergeneracional” en Cuba: Jorge I. Domínguez
  8. Reforma constitucional y refundación nacional: Dmitri Prieto Samsónov
  9. Democracia y reforma constitucional en Cuba: Julio César Guanche
  10. Reforma constitucional y derechos civiles y políticos: Rafael Rojas
  11. Republicanismo y reforma constitucional en Cuba: Julio Antonio Fernández Estrada
  12. “El cambio constitucional en Cuba”: lectura crítica a un libro necesario
  13. Una Constitución a la medida del futuro: con nuevos derechos, nuevas instituciones y nuevas utopías
  14. Rafael Rojas: “Debemos estrechar el margen de expectativas y advertir un proceso constituyente acotado, pero que puede avanzar hacia un nuevo marco constitucional más ventajoso para todos los actores”
  15. Elementos a cambiar y a conservar en la Constitución cubana: Roberto Veiga González
  16. ABC sobre la Constitución y su reforma
  17. Reforma constitucional en Cuba: análisis y propuestas
  18. Reforma constitucional y un renovado sueño de país
  19. El proceso de reforma de la Constitución en Cuba
  20. Domingo Amuchástegui: mis tres propuestas para la nueva Constitución de la República de Cuba
  21. Nueva constitución en Cuba: lo que permanece y lo que cambia
  22. Cinco factores que atentan contra el debate del anteproyecto constitucional
  23. El debate de la Constitución según la prensa oficial: radiografía temprana
  24. ¿Cuba homofóbica o de qué matrimonio hablamos?
  25. Por un “catálogo de derechos” que nos “vincule” en la libertad, el bienestar y la justicia
  26. Cuba: la República no está en discusión
  27. Alrededores del artículo 68
  28. Reforma constitucional en Cuba: ante el reto de un nuevo comienzo histórico sin ruptura con la historia
  29. Una posible defensa del diseño del gobierno provincial en el Proyecto de Constitución
  30. ¿Autonomía municipal y gobierno provincial sui generis?
  31. Colocar al Parlamento en el centro del debate
  32. Propuesta de Declaración de Derechos Humanos para una Constitución en Cuba
  33. Iglesia católica y matrimonio igualitario en Cuba: breve comentario a un texto preocupante
  34. ¿El regreso del Presidente de la República?
  35. A las puertas de una nueva Ley Electoral
  36. ¿Cómo nominar y elegir al futuro Presidente de Cuba? Los “comentarios de Randol”
  37. ¿Qué Presidente? ¿Qué Primer Ministro?
  38. Y después de la discusión y de la aprobación: ¿qué hacemos con la Constitución?
  39. ¿Por qué pluralizar el Poder Ejecutivo según el Proyecto de Constitución?
  40. Homero Acosta: “La futura Constitución es una obra colectiva”
  41. Estado socialista “de derecho”: repensar el rol del sistema de justicia en Cuba
  42. Iglesia católica y reforma constitucional en Cuba: hablan los Obispos
  43. ¿Cómo se entiende “lo socialista” en el Proyecto de Reforma Constitucional?
  44. El 68
  45. La certeza en la Constitución: un bien político
  46. La “economía” en el Proyecto de Reforma Constitucional
  47. Dios y el artículo 68
  48. Declaración en solidaridad con las personas LGBTIQ y en respaldo al artículo 68
  49. Reforma constitucional: necesidad de un “Defensor del Pueblo” para Cuba
  50. Artículo 68 y pluralismo en Cuba
  51. Alberto Abreu: “El activismo LGBTI no institucional debe reclamar su derecho a existir en Cuba”
  52. El tránsito socialista: rumbo estratégico al comunismo. Unas primeras notas reflexivas inconclusas. (1ra parte)
  53. Los «derechos humanos» en el Proyecto de Reforma Constitucional
  54. Brevísimas opiniones sobre el 68
  55. Sobre el artículo 68: la homosexualidad no acabará con el mundo
  56. El “trabajo” en el Proyecto de Reforma Constitucional
  57. Raza, racismo y reforma constitucional en Cuba
  58. Cuba: reforma constitucional y regulación de la independencia judicial
  59. Adonis Cervera: “Creo que la novedad está en que el artículo 68 esté ocurriendo en una Isla considerada por muchos como detenida en el tiempo”
  60. Cuba: la nueva Constitución y el día después
  61. Notas migrantes al proyecto constitucional: de la repatriación migratoria a la expatriación de la nacionalidad
  62. Yadiel Cepero: “No es tiempo de reclamar: es tiempo de actuar”
  63. Un Tribunal de Garantías Constitucionales para Cuba: ¿por qué no?
  64. Artículo 68: “Hagan ustedes con los demás como quieran que los demás hagan con ustedes”
  65. Reforma constitucional y desafíos de nuestro sistema de justicia
  66. Derecho a no hacer silencio
  67. Artículo 68: necesitamos unir el activismo de la calle y de las redes sociales, con el institucional y el legislativo
  68. El Parlamento en Cuba: ¡urgencia nacional!
  69. Un parlamento posible para Cuba
  70. Los miembros del Parlamento deben ser electos por sus bases territoriales de manera directa
  71. El Parlamento debe ser el resultado de un modelo electoral con representación proporcional
  72. El Parlamento debe dar cabida al incipiente pluralismo político presente en la sociedad cubana
  73. Partido único en Cuba: ¿el pluripartidismo es la solución?
  74. República y socialismo, aquí y ahora: introducción a un dossier
  75. La práctica renovada de los Derechos como pilar del desarrollo social en Cuba

Ovidio D´Angelo Hernández: breve nota sobre las tendencias, las prácticas y desafíos de los nuevos tiempos

El tema de las intolerancias, las exclusiones y todo lo que resulta extraño a la realidad de la diversidad humana, a su necesario protagonismo compartido en el paisaje social, resulta hoy un asunto clave en las proyecciones de futuro delas sociedades (en los más lejanos y cercanos confines). El auge de posiciones xenófobas, de violencia social y extremismos de género desacreditan toda práctica detendencia humanista de nuestra especie. Las hegemonías, establecidas a veces desde polos tan opuestos en los extremos del abanico sociopolítico, son tan alérgicas a las consideraciones de inclusión social o política y muestran un conservadurismo tan radical, que realmente asustan. Desdelos neonazis y la extrema derecha en Europa, el reino saudí, pasando por Trump hasta Bolsonaro en Brasil, son los signos de nuevos tiempos conflictuales. Algunas izquierdas inicialmente progresistas, estimuladas por una política hostil de ciertas grandes potencias y otros aliados, se ven obligadas a expresarse con gastadas fórmulas de tintes autoritarios.

La consulta constitucional en Cuba nos estádando una prueba de la diversidad de posicionamientos y argumentos existentes  sobre muchos temas, más allá de la polémica y el enquistamiento acerca del artículo 68. Ojalá el proceso realizado -dado el mecanismo escogido para reformular de manera inclusiva todas las posiciones-, a falta de un proceso constituyente más prolongado y amplio en representatividades sociales para el debate colectivo y la concertación nacional, mueva a los ya encargados de“filtrar” las posiciones sobre cada uno de los puntos cruciales a lo largo de todo el documento constitucional, a tener en cuenta el cambio de época y se fortalezcan los principios de una profunda democracia socialista protagónica y decisoria, realmente participativa, que contrarreste las tendencias “reversivas” actuales, a partir de que las instituciones políticas y estatales se subordinen a las demandas sentidas y las proyecciones de progreso del pueblo cubano.

Jovann Delgado: necesidad de reafirmar la adopción del artículo 68 en la manera en la que está redactado

La sociedad cubana no es ajena al fenómeno de la homofobia, pero la polémica que ha desatado la redacción del artículo 68 del proyecto de reforma constitucional va más allá y evidencia la incultura jurídica generalizada del pueblo de Cuba.

La génesis del debate acalorado (y muchas veces superfluo) sobre el reconocimiento del matrimonio igualitario está precisamente en el desconocimiento de la naturaleza del matrimonio como institución jurídica. La nueva redacción del concepto de matrimonio, que propone el proyecto de reforma, abriría las puertas a los matrimonios civiles de personas del mismo sexo. Por un lado, la oposición ha venido de personas que piensan que con esto se está cambiando el sentido original que ha tenido el matrimonio religioso. Otros, simplemente, creen que el reclamo a favor del matrimonio igualitario es un simple capricho de las parejas del mismo sexo que se quieren casar “solo por vestirse con trajes de novio/a y hacer la fiesta”.

La comunidad evangélica cubana se ha lanzado a una cruzada para evitar la adopción del artículo 68 en la forma en la que se ha propuesto en el proyecto de reforma constitucional. Esto está motivado por el desconocimiento de las diferencias entre matrimonio religioso y matrimonio civil. El artículo 68 no tiene ninguna intención de brindar una definición de matrimonio religioso. La definición que brinda ese artículo se refiere al matrimonio civil. Este último tipo de matrimonio es el que se formaliza e inscribe ante autoridades civiles (los encargados de formalizar los matrimonios en Cuba son los notarios y los registrados del Estado Civil). El matrimonio religioso, por su parte, es el acto que se contrae ante las autoridades religiosas y siguiendo los ritos de una religión.

La adaptación del artículo 68 constitucional, como está concebido hasta este momento, no pone en riesgo la manera en la que los cristianos conciben el matrimonio religioso, no obliga a ningún líder religioso a oficializar una unión entre personas del mismo sexo, ni implica que las diferentes comunidades religiosas tengan que acoger en su seno a parejas del mismo sexo.

Es también importante señalar que hay muchas personas no religiosas que no le encuentran un motivo de peso al reclamo de las parejas del mismo sexo de poder contraer matrimonio. Resulta inverosímil, pero hay cubanos que creen que el matrimonio es solo una ceremonia y una fiesta entre familiares y amigos. En estos casos, el desconocimiento de la naturaleza del matrimonio, como institución que produce efectos jurídicos, es la causa para que algunas personas le resten importancia a la adopción del matrimonio igualitario. En este caso, los grandes perdedores somos los que tenemos los conocimientos y no hemos logrado educar a nuestros coterráneos en la transcendencia del acto matrimonial para la vida de las personas. Basta recordar que las parejas del mismo sexo actualmente en Cuba no tienen la posibilidad de heredar de manera intestada el patrimonio construido en común si uno de los dos cónyuges llegase a morir, el miembro de la pareja que emigre del país no tiene como llevar a cabo un proceso de reunificación familiar para su pareja por no estar legalmente casados y, si deciden tener descendencia, la reproducción asistida y la adopción les es negada por la misma razón.

El éxito que han tenido las iniciativas de los que rechazan la definición del artículo 68 es muestra de que los que los estamos a favor no hemos podido argumentar bien la necesidad del matrimonio igualitario. Es por eso que algunos aplauden y ven como constructiva la propuesta del Arzobispo de Camagüey que planteó reconocer como “parejas de hecho” a las uniones de personas del mismo sexo como alternativa al matrimonio igualitario. Ante esta idea de un alto representante de la Iglesia católica en Cuba lo que resultaba consecuente era explicar las diferencias entre las “uniones civiles” y los “matrimonios”, teniendo en cuanta sus efectos jurídicos, para reafirmar la necesidad de la adopción del artículo 68 en la manera en la que está redactado. Por solo mencionar un ejemplo, la tesis del Arzobispo no tiene en cuenta que la mayoría de los países del mundo no les reconocen efectos legales a las uniones de hecho. Por lo tanto, basta con que los unidos civilmente crucen las fronteras del país dónde se reconoce su unión para que la misma pierda validez jurídica. Es por eso que, si se quiere mantener la armonía del texto constitucional y la redacción del artículo 40, que se refiere a la igualdad de todas personas ante la ley, hay que mantener la definición de “matrimonio” que se propone en el artículo 68.

Para terminar, es preciso señalar que para algunos el principal enemigo del artículo 68 no es el Arzobispo camagüeyano, ni son los evangélicos, ni los homofóbicos cubanos. El principal enemigo del artículo 68, es el artículo 5 de la Constitución. Muchos, si tuviéramos la oportunidad de votar en el referendo constitucional, lo haríamos diciendo “NO” al proyecto de reforma por el contenido de ese artículo quinto. La razón es que ese enunciado niega la diversidad política de nuestra sociedad, y pone en dudas que la soberanía resida en el pueblo.

Mi reclamo sería que la próxima vez que el pueblo de Cuba decida darse una nueva Constitución, nos aseguremos de elegir a través del voto directo a los encargados de conformar la Asamblea Constituyente que redacte la propuesta de Carta Magna. De esta manera, conoceríamos de antemano cómo piensan los candidatos a legisladores constituyentes y el proceso de debate estaría al nivel que demanda una nación civilizada.

Lennier López: el 68 tiene que ir, pero no en cualquier constitución

La polémica alrededor del artículo 68 le ha demostrado, a quien le quedaba duda, que parte de la sociedad cubana es profundamente conservadora, y que se puede movilizar cuando le tocan sus valores. Yo no le temo a ese activismo, ni a ningún otro; por el contrario, me gustaría que todos pudiésemos disfrutar de las herramientas y las garantías para ejercer cualquier activismo cívico. No voy a pronunciarme aquí en contra de quien respetuosamente expone sus argumentos contra el matrimonio igualitario. Pero yo apoyo el derecho de todas las personas a contraer matrimonio. El articulo 68 tiene un espirito con el que me identifico totalmente. Sin embargo, la constitución que lo acoge no. Y ante esta disyuntiva mi discurso es claro y contundente: el 68 tiene que ir, pero en una constitución justa, con todos y para el bien de todas.

Sobre los autores
Jovann Silva Delgado 4 Artículos escritos
Graduado de Derecho, en el año 2012, en la Universidad de La Habana. Estudiante de Maestría en Educación en la Universidad de Lamar, de Texas. Trabaja como Gerente de Relaciones Financieras (Relationship Manager) para Bank of America, en Boston, M...
Ovidio D'Angelo 16 Artículos escritos
(La Habana, 1946). Licenciado en Psicología y en Sociología. Posee estudios dl Licenciatura de Economía. Ha realizado estudios de post-grados en Economía del Trabajo y en Filosofía. Investigador titular y profesor. Posee Premios Nacionales de la...
Lennier López 23 Artículos escritos
(Santa Clara, 1991). En el año 2009 ingresé en la Universidad Central de Las Villas cursando la Licenciatura en Comunicación Social. En 2012, después de terminar el tercer año de la carrera, se traslada a vivir a la ciudad de Miami. En 2014 comi...
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