
Como resultado del dossier titulado “Agendas mínimas para un debate amplio”, hemos constatado que tres temas resultan convergentes tanto a los debates populares (en los barrios, en los centros laborales y educativos de todo el país), como en el referido Dossier. El pueblo en general (según cifras oficiales) y los especialistas convocados por Cuba Posible hicieron referencia a estos tres temas: a) la forma de elección del Presidente, b) el matrimonio igualitario, y c) el rol y forma de elección de la nueva figura del Gobernador. Teniendo esto como base, les hemos preguntado a un grupo de participantes del mismo Dossier por qué, a su juicio, resultaría indispensable (o no) que los diputados cubanos tengan en cuenta estas prioridades mientras deliberan y aprueban la nueva Carta Magna y, también, en qué condiciones se encuentran para hacerlo. A continuación exponemos las respuestas del periodista y comunicador José Raúl Gallego Ramos.
Mi primera observación apunta al proceso de relaboración del texto constitucional. Según informe oficial, la síntesis de las propuestas realizadas en la consulta popularse presentó a la Comisión redactora de 33 miembros encabezada por Raúl Castro, la cual elaboró las modificaciones a proponer a la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP), que las analizará en varias sesiones y posteriormente aprobará el documento final a someter a plebiscito.
Aquí hay dos cuestiones importantes: Una: que la primera parte de este proceso ya concluyó hace varios días, y hasta el momento solo ha trascendido su realización. Ninguna información sobre los cambios implementados, y mucho menos han hecho públicos los datos precisos recabados en las consultas; solo cuestiones cuantitativas y demasiado generales. Dos: que es —a mi juicio—en ese trabajo de la Comisiónde 33 miembros donde se van definir verdaderamente los cambios al texto Constitucional. Es en ese grupo concentrado, apartado del escrutinio público, en el que inevitablemente unas voces tienen mucho más peso que otras, donde se dirá qué procede y qué no. El análisis posterior de los diputados, ya será sobre la base de algo hecho, tendrá nuevamente en su contra el factor tiempo, no sabemos si les darán acceso al grueso de las informaciones o solo a resúmenes que justifican las decisiones tomadas; y si nos guiamos por el análisis anterior, donde se vieron llamados a acortar los debates, imposiciones a diputados, malas contestas y paños tibios, no creo que sea en esas sesiones de la ANPP donde se realicen cambios considerables al proyecto. En mi opinión, la Constitución ya está visto para sentencia.
Aún así, considero importante el debate sobre los tres puntos señalados. En el caso del matrimonio, pienso que no debería cambiarse la redacción del artículo 68, porque los derechos no se plebiscitan. El error estuvo en no haber fomentado antes un debate abierto y profundo sobre el tema, que de seguro hubiera contribuido a que se valorara de una manera más responsable. Pero, ya el daño está hecho y sería un error acudir a cualquier fórmula que dé posibilidades a retroceder en su aprobación.
En cuanto a la elección del presidente, sin dudas se ha apreciado un clamor bastante consensuado a que esta responsabilidad recaiga directamente en los ciudadanos. Es una cuestión compleja que, para ser efectiva,tendría que implicar además la reformulación de todo el proceso de formación de candidaturas y de creación y publicidad de programas de gobierno; pues de lo contrario sería el mismo perro con distinto collar: una boleta con tres o cinco nombres, seleccionados con métodos poco transparentes por Comisiones de Candidaturas designadas, y donde tienes que escoger, obligatoriamente, entre “lo que te dan”. En el debate han surgido fórmulas sumamente interesantes, que combinan diversas modalidades de nominación y elección que podrían ser consideradas por los diputados. Habría que ver si quienes toman las decisiones claves del país (que no son los diputados) están en disposición de dar ese paso que implicaría experimentar (y arriesgarse) con lo que ha sido una de las piezas claves en el diseño político centralizado trazado desde el Partido.
Con los Gobernadores y su rol, pasa algo similar, pero considero que el problema fundamental no está en la figura misma del Gobernador, sino en el supuesto papel de coordinador que le correspondería al Gobierno Provincial entre el país y un municipio que, en teoría, debería poseer cuotas significativas de autonomía. En un país marcado mucho más por el poder personal que por el de las instituciones, y en el que las vías democráticas para escoger a los representantes se encuentran bastante maniatadas; este modelo podría quedar en letra muerta en la práctica y tendría aún mucho más peso el hecho de que dicha figura sea designada “desde arriba” y no electa. Por otra parte, hay un elemento que no puede perderse de vista y que atraviesa todo el diseño constitucional aun cuando solo aparezca en un artículo: mientras el Partido siga siendo la fuerza dirigente superior de la sociedad y el Estado ¿quién ostentará el poder realmente en las provincias y municipios? ¿Las figuras al frente de los gobiernos o los secretarios del Partido? Una mirada a lo que ocurre hoy día —y ha ocurrido desde que se puso en práctica el actual modelo— puede darnos respuestas bastante claras.