
Tal pareciera que el número 68 encierra algún misterio. En 1868, Céspedes se alzó en armas e hizo libres a los que, para muchos, no eran ni siquiera personas. En Guáimaro ya todos fueron ciudadanos de la Republica en Armas. En 1968 fue el mayo parisino, la primavera de Praga y la matanza de Tlatelolco: parecía el nacimiento de una nueva izquierda más enfocada en el amor y la libertad que en la obediencia y la sumisión a la doctrina marxista-leninista. Ahora, el nuevo proyecto constitucional consagra en el artículo 68 el derecho de la comunidad LGTBI a poder casarse con todos los efectos legales y morales que esto trae consigo.
Este debate parte desde el punto mismo cuando los redactores del proyecto de constitución ya incorporaron este derecho en el texto, lo que coloca en una posición de ventaja a los que defienden esta posición. Debemos tener en cuenta que no se sabe cómo va a ser el proceso de incorporación de las propuestas de modificaciones presentadas durante la consulta popular y que se supone que los mismos redactores del proyecto inicial sean los que “filtren” las propuestas presentadas. La incorporación de este derecho a nivel constitucional coloca a Cuba en la vanguardia, junto a otra veintena de estados, en el reconocimiento de este derecho a un grupo de personas que han sido históricamente discriminados.
Lo primero que creo que debe quedar claro en este debate es que todas las posiciones sobre este tema son legítimas: en otras palabras: tienen tanto derecho a manifestarse públicamente, a emitir argumentos, a hacer campaña, los que apoyan como los que están en contra de esta propuesta. Esto que puede parecer los más natural del mundo no lo es en Cuba, ya que socialmente no estamos preparados para un debate de posiciones contrapuestas. En Cuba no existen leyes, regulaciones o políticas relativas a cómo la prensa debe cubrir estas situaciones, como deben ser los espacios para que ambas posiciones se presenten y se discutan, sin favorecer una sobre otra. Debemos tener en cuenta que los medios de comunicación en Cuba son públicos y no privados, por lo que no existe el riesgo de que el que tenga más poder económico pueda comprar los espacios para promocionar su posición. No ha habido un debate a nivel social sobre este tema, más allá de las discusiones en los barrios y en los centros de trabajo, nunca se han presentado en la prensa y han debatido los que defienden ambos criterios. La discusión ha estado en diferentes foros en Internet que, como sabemos, el acceso de los cubanos a estos es mínimo.
Un principio de toda sociedad “civilizada” debe ser el respeto a la opinión del otro, y este respeto parte de que podemos discutir todo lo que queramos pero al final no necesariamente uno tiene que convencer al otro, ni imponer su opinión. Esto es esencial porque garantiza que los que piensen y actúen diferente, y constituyan una minoría, no sean limitados de sus libertades y derechos por la “tiranía de la mayoría”. En otras palabras, el reconocimiento y el ejercicio de los derechos humanos no responde a la regla de la mayoría, porque eso significaría el desconocimiento y la violación de los derechos humanos de esos grupos minoritarios, casos en los que la historia tiene dolorosos y terribles ejemplos.
En la Cuba revolucionaria, y en la anterior también, se han dado múltiples casos de violaciones de los derechos de las personas LGBTI. Estos van desde la clásica burla, la estigmatización en el discurso, la discriminación laboral, el ejercicio de la violencia física contra ellos o el internamiento/prisión para su “reeducación”. Por lo que este grupo social que ha sido históricamente discriminado necesita de políticas públicas diferenciadas y prioritarias para el ejercicio pleno de sus derechos.
Uno puede tener múltiples opiniones sobre las relaciones que no son heterosexuales tradicionales, incluso puede que hasta las considere como inmorales o anti-naturales, o contrarias a su fe específica, pero nada de eso le da el derecho a condenar o discriminar a los que ejercen su sexualidad de una manera diferente. Desde el 17 de mayo de 1990 la Organización Mundial de la Salud (OMS) dejo de considerar a la homosexualidad como una “enfermedad”, y más recientemente lo hizo con la transexualidad. Entre los animales hay más de mil especies documentadas con relaciones homosexuales o bisexuales, incluso en especies que eligen una sola pareja para toda su vida.
Por otra parte, hay un elemento práctico, que rompe con la lógica de los que se oponen al reconocimiento legal del matrimonio entre personas del mismo sexo. Las relaciones entre personas del mismo sexo, existen y continuaran existiendo aunque no tengan un respaldo legal, incluso en aquellos países que las condenan. Por tanto, el elemento de fondo al que se oponen (que es la relación en sí misma) no tienen forma de impedirla, por lo que va a continuar existiendo aunque no lo quieran. La legalización de estas uniones solo genera efectos positivos: en primer lugar, el reconocimiento del lazo de amor y convivencia entre las dos personas y, en segundo lugar, todos los efectos jurídicos que trae consigo esto desde el punto de vista de los derechos de los cónyuges (tanto patrimoniales como no patrimoniales), entre los que está incluido, por supuesto, el derecho de adopción, que en el caso cubano sería muy positivo para que los niños sin amparo filial puedan tener una familia.
Por último, si usted no está de acuerdo con el matrimonio igualitario, sencillamente no se case con una persona de su mismo sexo; y si quiere estar seguro de su posición, véalo desde el otro punto de vista: imagínense que las personas que se aman y se casan con otro de su mismo sexo, le exigieran a usted lo mismo.