República y socialismo, aquí y ahora: introducción a un dossier

En la imagen, una alegoría de la república cubana, por Conrado Massaguer (la imagen ha sido trabajada por Danislady Mazorra para su blog Alegoría cubana)
  1. República y derechos: “A quien merme un derecho, córtesele la mano”. Introducción a un dossier
  2. Informe Cuba Posible: “La institucionalidad del gobierno local después de 2018: gobernabilidad y descentralización”.
  3. Una reforma constitucional para el siglo XXI cubano: elementos para el diálogo
  4. Las reformas a la Constitución cubana: Martha Prieto Valdés
  5. Relación cambios/continuidad en materia constitucional: monseñor Carlos Manuel de Céspedes
  6. Pasado, presente y futuro de la reforma constitucional en Cuba (1959-2017): Teodoro Yan Guzmán
  7. Reforma constitucional y “pacto intergeneracional” en Cuba: Jorge I. Domínguez
  8. Reforma constitucional y refundación nacional: Dmitri Prieto Samsónov
  9. Democracia y reforma constitucional en Cuba: Julio César Guanche
  10. Reforma constitucional y derechos civiles y políticos: Rafael Rojas
  11. Republicanismo y reforma constitucional en Cuba: Julio Antonio Fernández Estrada
  12. “El cambio constitucional en Cuba”: lectura crítica a un libro necesario
  13. Una Constitución a la medida del futuro: con nuevos derechos, nuevas instituciones y nuevas utopías
  14. Rafael Rojas: “Debemos estrechar el margen de expectativas y advertir un proceso constituyente acotado, pero que puede avanzar hacia un nuevo marco constitucional más ventajoso para todos los actores”
  15. Elementos a cambiar y a conservar en la Constitución cubana: Roberto Veiga González
  16. ABC sobre la Constitución y su reforma
  17. Reforma constitucional en Cuba: análisis y propuestas
  18. Reforma constitucional y un renovado sueño de país
  19. El proceso de reforma de la Constitución en Cuba
  20. Domingo Amuchástegui: mis tres propuestas para la nueva Constitución de la República de Cuba
  21. Nueva constitución en Cuba: lo que permanece y lo que cambia
  22. Cinco factores que atentan contra el debate del anteproyecto constitucional
  23. El debate de la Constitución según la prensa oficial: radiografía temprana
  24. ¿Cuba homofóbica o de qué matrimonio hablamos?
  25. Por un “catálogo de derechos” que nos “vincule” en la libertad, el bienestar y la justicia
  26. Cuba: la República no está en discusión
  27. Alrededores del artículo 68
  28. Reforma constitucional en Cuba: ante el reto de un nuevo comienzo histórico sin ruptura con la historia
  29. Una posible defensa del diseño del gobierno provincial en el Proyecto de Constitución
  30. ¿Autonomía municipal y gobierno provincial sui generis?
  31. Colocar al Parlamento en el centro del debate
  32. Propuesta de Declaración de Derechos Humanos para una Constitución en Cuba
  33. Iglesia católica y matrimonio igualitario en Cuba: breve comentario a un texto preocupante
  34. ¿El regreso del Presidente de la República?
  35. A las puertas de una nueva Ley Electoral
  36. ¿Cómo nominar y elegir al futuro Presidente de Cuba? Los “comentarios de Randol”
  37. ¿Qué Presidente? ¿Qué Primer Ministro?
  38. Y después de la discusión y de la aprobación: ¿qué hacemos con la Constitución?
  39. ¿Por qué pluralizar el Poder Ejecutivo según el Proyecto de Constitución?
  40. Homero Acosta: “La futura Constitución es una obra colectiva”
  41. Estado socialista “de derecho”: repensar el rol del sistema de justicia en Cuba
  42. Iglesia católica y reforma constitucional en Cuba: hablan los Obispos
  43. ¿Cómo se entiende “lo socialista” en el Proyecto de Reforma Constitucional?
  44. El 68
  45. La certeza en la Constitución: un bien político
  46. La “economía” en el Proyecto de Reforma Constitucional
  47. Dios y el artículo 68
  48. Declaración en solidaridad con las personas LGBTIQ y en respaldo al artículo 68
  49. Reforma constitucional: necesidad de un “Defensor del Pueblo” para Cuba
  50. Artículo 68 y pluralismo en Cuba
  51. Alberto Abreu: “El activismo LGBTI no institucional debe reclamar su derecho a existir en Cuba”
  52. El tránsito socialista: rumbo estratégico al comunismo. Unas primeras notas reflexivas inconclusas. (1ra parte)
  53. Los «derechos humanos» en el Proyecto de Reforma Constitucional
  54. Brevísimas opiniones sobre el 68
  55. Sobre el artículo 68: la homosexualidad no acabará con el mundo
  56. El “trabajo” en el Proyecto de Reforma Constitucional
  57. Raza, racismo y reforma constitucional en Cuba
  58. Cuba: reforma constitucional y regulación de la independencia judicial
  59. Adonis Cervera: “Creo que la novedad está en que el artículo 68 esté ocurriendo en una Isla considerada por muchos como detenida en el tiempo”
  60. Cuba: la nueva Constitución y el día después
  61. Notas migrantes al proyecto constitucional: de la repatriación migratoria a la expatriación de la nacionalidad
  62. Yadiel Cepero: “No es tiempo de reclamar: es tiempo de actuar”
  63. Un Tribunal de Garantías Constitucionales para Cuba: ¿por qué no?
  64. Artículo 68: “Hagan ustedes con los demás como quieran que los demás hagan con ustedes”
  65. Reforma constitucional y desafíos de nuestro sistema de justicia
  66. Derecho a no hacer silencio
  67. Artículo 68: necesitamos unir el activismo de la calle y de las redes sociales, con el institucional y el legislativo
  68. El Parlamento en Cuba: ¡urgencia nacional!
  69. Un parlamento posible para Cuba
  70. Los miembros del Parlamento deben ser electos por sus bases territoriales de manera directa
  71. El Parlamento debe ser el resultado de un modelo electoral con representación proporcional
  72. El Parlamento debe dar cabida al incipiente pluralismo político presente en la sociedad cubana
  73. Partido único en Cuba: ¿el pluripartidismo es la solución?
  74. República y socialismo, aquí y ahora: introducción a un dossier
  75. La práctica renovada de los Derechos como pilar del desarrollo social en Cuba
En la imagen, una alegoría de la república cubana, por Conrado Massaguer (la imagen ha sido trabajada por Danislady Mazorra para su blog Alegoría cubana)

Hoy el significado del republicanismo está en disputa desde casi todos los costados del espectro político. El concepto cuenta con una tradición milenaria habitualmente asociada a principios como el autogobierno colectivo, las virtudes cívicas y la participación política de la ciudadanía. Amén de tan noble contenido, el interior de su historia cuenta con enconadas luchas entre versiones oligárquicas y democráticas del republicanismo. En el mundo actual, un número muy amplio de países cuenta con regímenes formalmente republicanos, pero se escribe sobre, y se lucha por, la república democrática desde hace 2,500 años.

La lucha por la república democrática no ha sido nunca un asunto exclusivamente europeo. En 1797, en el puerto venezolano de la Guaira, varios esclavizados fueron detenidos por cantar “La Marsellesa”. Un testimonio cuenta que “un esclavito confesó que era cierto que iba cantando las coplas, y nos cantó… advirtiendo que todas las demás que sabe tienen por estribillo el ´viva la República, viva la libertad, viva la igualdad´”. C. R. L. James, primero,y, luego, Paul Gilroy, han mostrado a la Revolución haitiana como “la radicalización republicana del liberalismo atlántico”.

En ese camino, James recogió esta estampa de los “jacobinos negros”: “Los oficiales de diferente color rechazaban las invitaciones a un grupo en particular, como buenos republicanos, se negaban a agachar la cabeza o hacer reverencias ante el marqués español, a quien sacaba de quicio la impertinencia de estos negros.”

En el siglo XIX, fueron repúblicas los estados emergentes de la independencia en América Latina. Engels vio en la Comuna de París la forma de la república democrática, hecho que antes Marx había visto, a su vez, de este modo: “El gran mérito de este movimiento (el cooperativismo) consiste en mostrar que el sistema actual de subordinación del trabajo al capital, sistema despótico que lleva al pauperismo, puede ser sustituido con un sistema republicano y bienhechor de asociación de productores libres e iguales.”

La “república con todos y para el bien de todos” no fue solo el anhelo y el fin de la guerra revolucionaria organizada por José Martí. Céspedes entendió que el levantamiento independentista era el “solemne compromiso de consumar su independencia (la de Cuba) o perecer en la demanda: en el acto de darse un gobierno democrático, el de ser republicana”. Desde las doctrinas socialistas de la época, Diego Vicente Tejera afirmó que Cuba necesitaba “principalmente mucha libertad y mucha justicia, mucha justicia, para que completemos nuestro lema republicano, puesto que justicia es igualdad, e igualdad es fraternidad”.

Tejera se oponía con ello a todo “privilegio inicuo, de una república, sí, pero de una república tiránica, de una república absorbente, de una república en que peligran las libertades populares”. Rafael Serra, el amigo y compañero de Martí —que se presentaba a sí mismo como un “ex-esclavo rebelde”— decía algo similar: “Desde ahora, y como base de la más inalterable armonía, creemos bueno y de rigor la práctica de la verdadera democracia, que es de donde tiene que surgir el bien de la república.” En 1902, en la “lejana” Francia, un libro aseguraba sobre Antonio Maceo: “su sangre generosa fecunda el suelo de Cuba; su ejemplo ha sido seguido por sus herederos, sucesores de su valentía, y su memoria será objeto eterno de admiración por los republicanos y los patriotas de todos los países.”

Sin embargo, la palabra “república” no convoca milagros, ni hace comparecer a la democracia por el solo hecho de nombrarla. Ante el espectáculo real de exclusión social y étnica-racial, corrupción política y uso exclusivista del poder por parte de las facciones interno-coloniales, Martí llamó a esos regímenes latinoamericanos del XIX “repúblicas nominales” (1892) y “repúblicas teóricas” (1895). Algo parecido hizo José Carlos Mariátegui cuando, compartiendo una frase de José Vasconcelos, las calificó de “falsas repúblicas”. La martiana aspiraba a ser, en cambio, una república democrática, atravesada por la exigencia frontal de justicia social, soberanía nacional y popular, economía social, y libertad y participación políticas ampliadas.

Tampoco la palabra “República” convocó milagros en la historia cubana posterior. El Partido Demócrata Republicano, de nombre tan sonoro, fue uno de las más antidemocráticos y más antirrepublicanos de cuantos compartieron el escenario cubano de la primera mitad del siglo XX, por sus posiciones excluyentes, por oligárquicas, ante la raza, la cultura, los derechos, la economía y la libertad política de las mayorías (temas estos, y período, que han estudiado Jorge Ibarra, Louis Perez Jr., Ana Cairo, Oscar Zanetti, Robert Whitney, Rafael Rojas, Berta Álvarez y Alejandro de la Fuente, entre otros). Tampoco convoca milagros esa palabra en el mundo de hoy: el “republicanismo” de Mauricio Macri, en Argentina, es una caricatura del concepto, cuando se atrinchera en ciertos marcos institucionales, formalmente republicanos, para privilegiar exclusiva y antidemocráticamente a minorías económicas y políticas.

No obstante, en las primeras décadas del XX, la lucha por la república española (1936-1939) representó la voz democrática del mundo antifascista. Marc Bloch, acaso el más grande historiador de esa centuria, asesinado por la Gestapo fascista, moría por ser republicano y resistente. Sin embargo, alguien puede pensar en nuestros días que el republicanismo es una moda, una clasificación más en la estantería de las clasificaciones políticas, u otro producto “burgués”, como hacen aquellos que piensan, con la temeridad propia de la ignorancia, que todo en esta vida ha sido creado por “la burguesía” a su imagen y semejanza.

El “relanzamiento”, en el mundo académico, del republicanismo ocurrió en los 1960. En esa década la democracia liberal sufrió una enorme pérdida de “popularidad” —a diferencia de hoy, que campea por sus respetos como “única” opción para la democracia— a manos del marxismo, el estructuralismo, la insurgencia del “68”, las guerrillas latinoamericanas, la Revolución cubana y la guerra de Vietnam. Fue un contexto propicio para la aparición de alternativas políticas e intelectuales. Entre estas últimas, estuvo el neo-republicanismo académico, que reaccionó contra problemas que impiden la libertad, a los cuales el liberalismo presta poca atención, o desconoce.

Hitos de esa recuperación fueron las obras de Bernard Bailyn, Gordon Wood, John Pocock y Quentin Skinner. No es forzar demasiado las afiliaciones si se ubica en esa tradición Republicanismo, de Philip Pettit, que sería un “libro de cabecera” de José Luis Rodríguez Zapatero en España. Esa corriente, conocida mayormente como Escuela de Cambridge, atiende de modo preferente a los lenguajes, las palabras y los conceptos, pero no considera en profundidad, como ha cuestionado Ellen Meiksins Wood, temas como las relaciones entre la aristocracia y el campesinado, la agricultura, la distribución y tenencia de tierras, la urbanización, el intercambio, el comercio y la clase burguesa, o la protesta social y el conflicto.

Trabajando de manera propia con el marco teórico de la Escuela de Cambridge, una corriente de historia intelectual latinoamericana ha reelaborado el paradigma de la “historia de las ideas” para repensar el republicanismo latinoamericano del xix. En ello, ha discutido el paradigma de las “ideas fuera de lugar” y observado las funciones políticas que cumplen los lenguajes en su contexto concreto —sus “intenciones”— aún si son ideas “importadas”. Textos de Xavier-Francois Guerra, y polémicas como las cruzadas entre José Elías Palti y Horacio Tarcus, han complejizado las metodologías de estudio en este campo. En México, autores como José Antonio Aguilar, José Carlos Chiaramonte, Rafael Rojas, Alicia Hernández Chávez y Luis Barrón han abierto direcciones de estudio sobre las “repúblicas epidérmicas” y el “republicanismo positivo”, para cuestionar, por ejemplo, la centralidad de la dicotomía entre “liberales y conservadores” y observar la significación del republicanismo durante la primera mitad del siglo XIX y su beligerancia frente a los valores liberales. Otro esfuerzo en este horizonte es el Diccionario político y social del mundo iberoamericano (coordinado, entre otros, por Javier Fernández Sebastián, Cristóbal Aljovín y Georges Lomné), que pretende “devolver al mundo ibérico su merecido papel en el planteamiento moderno de uno de los conceptos más básicos de la gramática política occidental”: el republicanismo.

También en América Latina, pero desde otros enfoques disciplinares, diversos autores han dialogado desde su propio contexto con los textos clásicos (occidentales) del republicanismo. En esta línea, han aparecido estudios de filosofía política de Eduardo Grüner, Roberto Gargarella, Cicero Araujo o André Singer, que plantean “interrogantes relativas a la constitución de una república que haga honor a su nombre, como res publica, amenazada por el avance aparentemente incontenible de los procesos de privatización de la vida económica y social”. De modo similar, han dialogado desde la región con las discusiones globales en torno a la renta básica (que en varios contextos es defendida desde marcos republicanos) economistas como Rubén Lo Vuolo y Julio Aguirre.

También en el mundo académico, una escuela de historia, con enfoque atlántico, ha reconstruido las apropiaciones que del republicanismo hicieron los actores afroamericanos en busca de su libertad y en su participación en las guerras de independencia y en la creación de las repúblicas. Ada Ferrer, para Cuba y Haití, y Marixa Lasso y James Sanders, para Colombia, han hecho aportes fundamentales en esta dirección. (También Mark Thurner, para el republicanismo andino y Cecilia Méndez, sobre el republicanismo plebeyo en el Perú) Estos estudios se insertan en el marco más amplio de repensar la formación del Estado en América Latina, y miran con particular énfasis la actuación de las clases subalternizadas. Según Lasso: “Al igual que sucediere con otras gentes de descendencia africana en el Caribe inglés y francés, muchos afro-colombianos compartieron el entusiasmo republicano y la retórica que caracterizaron ese período. Ellos se apropiaron de la retórica liberal que desprestigió al oscurantismo español, y declararon una nueva era de libertad republicana, no sólo para defender y alimentar viejas aspiraciones a igualdad y justicia, pero también para luchar por nuevas nociones de igualdad racial.”

Otra vertiente de pensamiento republicano, distinta a las anteriores, tiene entre sus fuentes el marxismo crítico, y pensamientos en diálogo con el marxismo, como el de Karl Polanyi. Esta corriente ha leído el origen y desarrollo de las ideas y prácticas socialistas como la gran respuesta de la tradición republicana democrática frente a la aparición y consolidación del capitalismo industrial —la otra gran respuesta, en dirección opuesta a la socialista, sería el liberalismo—. Esta tendencia encuentra en el marxismo crítico y en las prácticas socialistas democráticas, históricamente verificadas, los contenidos de la tradición republicana democrática: la concepción de que la ley está dentro del derecho, y que debe prevalecer siempre como instrumento de la soberanía popular; la noción de la libertad como un derecho constitutivo inalienable; la tesis de que la autoridad y el poder políticos son un “mandato” otorgado bajo control de la ciudadanía; y la concepción democrática de la propiedad sobre los medios de existencia y de producción. En esta corriente, que tiene a E. P. Thompson como uno de sus grandes referentes intelectuales, pueden ubicarse pensadores como Ellen Meiksins Wood, Antoni Domenéch, Silvia Federici, Peter Linebaugh, Maria Julia Bertomeu, Gerardo Pisarello, Daniel Raventós, Florence Gauthier; Jordi Mundó y David Cassasas, entre otros.

Para esta mirada, el republicanismo no se trata solo de un tema de estudio académico, sino de un programa político concreto que impugna, entre otras cosas: a) el dominio del capital transnacional y financiero sobre el mercado mundial (en ello, defiende la regulación y el control democrático de los mercados como forma de proteger y aumentar la provisión de bienes comunes); b) la expropiación de libertades políticas para la ciudadanía por parte de grupos “privados” que traducen su capital económico en monopolio de la acción política (como ocurre con el secuestro de la libertad  de expresión por parte de los oligopolios de la información); y c) el desmontaje antidemocrático del Estado de bienestar y las agresiones por parte de la contrarreforma capitalista/imperialista (no solo de los EEUU) contra procesos democráticos. A su vez, esta corriente se compromete con propuestas para la vida concreta de las personas, aquí y ahora, como en el impulso que da a la iniciativa de una renta básica universal e incondicional; y hace sus propuestas contando con la realidad geopolítica del mundo actual, por ejemplo, para sostener una alternativa democrática a nivel europeo —no solo como experiencia “local”— frente al avance del neoliberalismo y el proto-facismo en ese continente.

Los textos que Cuba Posible propone en este dossier se ubican conscientemente en los debates y diálogos entre las corrientes mencionadas. Consideramos que es útil la información y el escrutinio de todas ellas, pero el lector podrá juzgar las afinidades en estos textos. Los artículos aquí reunidos se oponen a lo que Aristóteles consideraba, según afirma Antoni Doménech, como el verdadero gobierno doméstico, el del padre de familia: “despótico con los esclavos, monárquico con los hijos y republicano con la mujer.” Estos textos tienen otra vocación. De ellos se desprende la defensa del gobierno republicano entre iguales —los ciudadanos cubanos—, y entre naciones —como entre Cuba y Estados Unidos, con el absoluto respeto a su soberanía—, atravesado todo ello por la exigencia frontal de justicia social, soberanía nacional y popular, economía social y libertad y participación política ampliadas. Los textos abarcan temas diversos, tan diversos como los que permite procesar el republicanismo así considerado: la democracia, el imperio de la ley y el derecho, el socialismo, el papel del Estado, el antirracismo, las dominaciones de género y «raza», la justicia social y la inclusión política, la necesidad de la distribución democrática de la propiedad, etc. Place también a Cuba Posible republicar un texto pionero sobre el tema, del profesor Julio Fernández Bulté, quien fue el primero que en Cuba estudió el republicanismo de origen latino como pilar del constitucionalismo democrático latinoamericano, una fuente también de estos textos. (El texto de Fernández Bulté apareció en Temas, revista que, también, dedicó un número al tópico del republicanismo —No. 70, 2012—)

Hace unos meses, Eusebio Leal, en su homenaje al líder de la Revolución cubana, Fidel Castro, expresó: “que se levante la producción, que se levante el campo, que se levante el trabajo, que nos avergüence el robo; que se sienta orgullo en nacer en esta República, que no emigren, que permanezcan, que trabajen, que se unan”. Lo expresó como un deseo, una aspiración. Ana Cairo Ballester ha documentado como este proyecto ha sido una constante en la historia de Cuba con la idea de “Tenemos que ser una República”. Este es también el anhelo y el proyecto al que pretenden contribuir estas páginas, en el aquí y ahora cubanos.

En este dossier, aparecen los siguientes textos:

¿Qué hace democrática una república? Una reflexión sobre el origen de la democracia, y algunos malentendidos, de Antoni Doménech

La república de los plebeyos, de Hiram Hernández Castro

República y ley en Cuba: reflexiones en tiempo de reforma, de Amalia Pérez Martín

La ciudadanía republicana: el género y otros “márgenes”, de Ailynn Torres Santana

Raza y fraternidad republicana en Cuba: entre la “trampa” de la armonía racial y el antirracismo en las primeras décadas del XX, de Julio César Guanche

Democracia y república. Vacuidades y falsificaciones, de Julio Fernández Bulté

De la necesaria reconstrucción del proyecto emancipador del socialismo para el siglo XXI: ¿’Quo vadis’ socialismo?, de Eduardo González de Molina Soler

A su vez, en las próximas semanas, aparecerán en Cuba Posible, como parte de esta misma reflexión, un amplio conjunto de textos con el tema de los “derechos”, escritos por juristas, principalmente cubanos, radicados dentro y fuera de la nación. Ambos temas, muy relacionados entre sí, contribuyen a la necesidad de pensar los derechos en Cuba, y sugerimos así la utilidad de hacerlo desde el marco del republicanismo democrático aquí propuesto.

1. Democracia, igualdad, derechos, de Carlos M. Vilas
2. Los derechos sociales: derechos republicanos, derechos de libertad, de Gerardo Pisarello
3. Derechos Políticos y Poder Negativo, de Julio Antonio Fernández Estrada
4. Garantías y control constitucional en Cuba. ¿Dónde estamos y hacia dónde podemos ir?, de Raudiel F. Peña Barrios
5. Los derechos laborales, pilar del universo de derechos y fundamento de un orden social justo, de Roberto Veiga González.
6. Conceptos básicos sobre los derechos humanos, de Mylai Burgos Matamoros
7. Democracia en HD: notas para pensar el derecho a la comunicación en Cuba, de Alejandro Hernández Luis
8. Cuba, migración y Derecho. Reflexión preliminar sobre la no pertenencia, de Ahmed Correa Álvarez
9. Derechos Humanos en las Américas: entre el discurso y la realidad, de Edmundo del Pozo
10. La internacionalización de los Derechos Humanos, de Michel Fernández Pérez
11. Entre puertos, hoteles manzanas y campos de golf ¿Los derechos sociales en vilo?, de Jorge Peláez
12. Propuesta de Catálogo de Derechos para una futura Constitución en Cuba, de un colectivo de autores.

Para ver colecciones de imágenes sobre la alegoría de la república cubana, ver:
http://alegoriacubana.blogspot.com/
http://fleitascubacollection.blogspot.com/

Para apropiaciones artísticas contemporáneas de esta alegoría, ver:
http://duvierdeldago.com/

Sobre los autores
Julio César Guanche Zaldívar 17 Artículos escritos
(La Habana, 1974). Licenciado (1997) y Máster (2005) en Derecho por la Universidad de La Habana. Ha impartido docencia como profesor adjunto de la Universidad de la Habana. Ha dirigido varias publicaciones y editoriales nacionales. Laboró, primero...
5 COMENTARIOS
  1. Estimado, Guanche, cuando hablas del republicanismo entendido por corrientes que vienen del marxismo crítico, mencionas cuatro pilares que sostienen esas corrientes. Las dos primeras no las entiendo bien. Me refiero a:
    1- «la concepción de que la ley está dentro del derecho, y que debe prevalecer siempre como instrumento de la soberanía popular»
    ¿Las leyes no están siempre dentro del derecho? En la concepción liberal, ¿no es también asumida así la ley?

    2- «la noción de la libertad como un derecho constitutivo inalienable»
    ¿La libertad entendida de qué manera? “Libertad” es otro término complejo y seguramente abordado desde diversas perspectivas. Entiendo que sería necesaria una definición de libertad para éste caso, aunque quizás se sale del marco de esta introducción.

    Muy buena la introducción y la idea de hacer éste dossier.

    Abrazo,

  2. Efectivamente, la tesis republicana democrática es contraria a otros manejadas desde el XIX hasta hoy, como las del utilitarismo y el positivismo jurídico, sobre este punto.
    El núcleo del enfoque combatido por el republicanismo democrático lo elaboró Hobbes. Para él, quien ha de ser libre no es la comunidad, sino el individuo frente a ella. Es una teoría de la soberanía que imaginó al Estado como epítome del mal, como enemigo de la sociedad. Esta idea sería retomada por el el liberalismo a través de la celebración de la “libertad negativa” (puedes ver el texto de Hiram en este dossier sobre este concepto), en tanto protección frente al Estado e inhibición por parte de este de intervenir en la esfera “privada” de los ciudadanos.
    La tesis de Hobbes habría resultado impensable para los juristas romanos. Fue un gran cambio en la concepción del Derecho y la ley. Hobbes aseguró que la libertad está en el Derecho, pero en todo aquello que no ha normado la ley. Para él, la ley es un impedimento a la libertad, un grillete, (fetter), mientras que el Derecho es la “exención de las leyes civiles” quiere decir, aquello que la ley no fija, el espacio que queda “libre” de regulación. Luego, la ley y el derecho son contrarios. El derecho es una facultad “subjetiva” derivada directamente del individuo. Su libertad no es un derecho atribuido por la ley sino algo que le pertenece a este con carácter inherente. Grocio, que siguió el camino de Hobbes, lo dijo de esta manera: el derecho es la “la cualidad moral que compete a una persona para tener o actuar algo justamente”. Entonces, en este pensamiento el derecho y la ley no son lo mismo.
    Luego el pensamiento específicamente liberal mantuvo el núcleo de lo elaborado por Hobbes, y lo elaboró a su manera, por ejemplo, en Bentham. Para este autor, los derechos humanos eran “disparates sin fundamento”: una doctrina confusa y peligrosa, amenazante para los estados y para la estabilidad y equilibrio de la sociedad. “Los derechos subjetivos son productos del Derecho, y solo del Derecho, no hay derechos sin Derecho —ni derechos contrarios al Derecho—, ni derechos anteriores al Derecho”. La noción de un derecho que no proviniese del Derecho resultaba para Bentham una contradicción en los términos, un oxímoron: “Un cuadrado redondo”, “Un hijo que nunca tuvo a un padre”, “Una especie de calor frío”. Lo hizo para limitar los derechos a lo establecido solo en la ley. Pero el Derecho puede atentar contra los derechos, como sabemos muy bien. Es lo que hoy se distingue como “legalidad vs legitimidad”.
    Por ello, para el republicanismo democrático la libertad está en la ley (legítimamente elaborada) o contra la ley (cuando es ilegítima), pero nunca “fuera” de la ley. Fuera de la ley solo está la arbitrariedad: el uso “privado”, por parte de quien la posea, de la libertad. Por eso, he estado hablando de libertad en un sentido politico, no metafísico: no lo que “sentimos” como libertad, sino del espacio institucional/material que puede establecerla.
    Entre las consecuencias de la lógica de Bentham están las siguientes: El derecho, que en la versión iusnaturalista clásica comportaba tanto derechos como obligaciones, pasa así a ser un espacio exclusivo de ventajas. El argumento de Hobbes ya prefiguraba una tensión típicamente liberal: la existente entre los derechos y la democracia, allí donde los derechos individuales, ya sin obligaciones correlativas, se colocan como trincheras frente a los derechos de la comunidad, pues son los primeros los que favorecen la causa de la “preservación” del individuo frente a la sociedad y al Estado. En esta lógica, llevada a su extremo, no hay deberes imponibles a los derechos. Por ejemplo: existe el derecho de propiedad del arrendador, pero no puede ser regulado ni intervenido para establecer beneficios para el arrendatario, o lo mismo, para el propietario de tierra, etc. (Es lo mismo que está en la base de la idea de los “libertarianos”, que afirma que el cobro de impuestos es un atentado contra la propiedad privada.)
    El argumento de Hobbes todavía trajo otra consecuencia: el pacto que hace emerger la sociedad política desde el estado de naturaleza deviene una obligación para sus miembros al que deben no solo aceptación sino lealtad. La nueva comunidad civil renuncia a sus derechos frente al Estado, y abdica de su derecho a resistir, a disputarle poder al soberano en tanto este es depositario del pacto. No resulta nada nuevo encontrar la justificación del absolutismo de Hobbes; pero no hablaré de eso aquí, pues no preguntaste por este tema.
    Para notar la diferencia, compara aquella concepción de la ley y el Derecho con la siguiente cita de Marx: “Lejos de ser la ley de prensa una medida represiva contra la libertad de prensa, un mero medio para prevenir con la pena la repetición del delito, lo que debería es más bien considerarse que la ausencia de una legislación sobre la prensa excluye a la libertad de prensa de la esfera de la libertad jurídica, pues la libertad jurídicamente reconocida existe en el Estado como ley. (…) Las leyes son, antes bien, las normas positivas, luminosas, universales, merced a las cuales la libertad ha ganado una existencia impersonal, teórica, independiente del capricho del individuo. Un código de leyes es la biblia de la libertad de un pueblo”.
    La cita de Marx hace parte de los núcleos contra los que combatía el derecho natural racionalista o revolucionario moderno: contra los dogmas, el despotismo, el origen divino del poder, la desigualdad social, a favor de los derechos a la crítica, la razón y los derechos humanos. Desde ese enfoque, diversos actores combatieron los privilegios “medievales”, los derechos estamentales, el derecho corporativo y los fueros regionales, demolieron la concepción teológica del Estado y del poder real, al tiempo que abogaban por la laicidad de la política y la democratización de la sociedad y la economía.
    El enfoque de Marx (la libertad nace del Derecho) es el republicano democrático. Lo encontrás igual en Rousseau y en Martí. Para Rousseau, la libertad está en la ley en cuya elaboración uno mismo ha tomado parte. En Martí hay muchísimo de ello, pero estoy seguro que conoces la obra del Apóstol. Hay muchas formas de decir esto: hace poco lo hizo José Adrián Vitier (http://oncubamagazine.com/cultura/mi-abuela-fina/) hablando de su abuela Fina García Marruz y cómo ella, al describir unas palomas que remontaban en círculos una plaza, las describió así: “Libres, como la ley por dentro”. Nadie que no tenga una comprensión republicana —no liberal— del Derecho puede decir algo así.
    Sobre tu segunda pregunta: “la noción de la libertad como un derecho constitutivo inalienable” seré más breve. En el Derecho público romano, por mucho tiempo, no se “nacía” esclavo, sino que alguien se “convertía” en esclavo: por deudas o como botín de guerra. Algo parecido estableció la Declaración de derechos del hombre y el ciudadano en 1789: “los hombres nacen y permanecen” libres e iguales. Observa que son ambas cosas: nacen y permanecen. Desde esa lógica, la libertad es inalienable. No es un tema “filosófico”, tiene grandes connotaciones prácticas: nadie puede venderse a sí mismo como esclavo, nadie puede firmar, legalmente, un contrato en que el que autorice a ser asesinado, nadie puede, legalmente, vender su voto o su ciudadanía. Esto es la implicación que tiene la palabra “inalienable” cuando hablo de la libertad republicana. Por lo mismo, un contrato de trabajo que permita a un dueño disponer de las 24 horas de trabajo de un empleado sería legalmente nulo, porque significa esclavitud. La esclavitud laboral existe, lamentablemente, en muchas formas hoy en día, pero normalmente es un acto contra Derecho, como sucede en Brasil, un país donde hay, terriblemente, mucho “trabajo en condiciones de esclavitud”. Sobre ello hay un libro premio Casa, de Ricardo Rezende, y también lleva tiempo investigando ese problema Rebecca Scott, una extraordinaria historiadora. Hasta aquí lo que puedo decirte. He tratado de ser lo más claro posible, y espero haber satisfecho tus preguntas. Con otro saludo para ti.

  3. Horacio Espino dice:

    Entre los cubanos que viven dentro de Cuba y son «estudiosos del Derecho» – Julio César Guanche incluido en el espacio de Cuba Posible – están desarrollando según palabras textuales del autor «un programa político concreto del Republicanismo», de modo que una rápida lectura del dossier propuesto te permitirá encontrar frases vacías como «prácticas socialistas históricamente verificadas» y «una concepción democrática de la propiedad sobre los medios de existencia y producción». (…) Cuba Posible es un intento teórico con benevolencia oficialista de construir un espacio con un posicionamiento político declarado de crear una aspiración reformista al «socialismo real», definiendo textualmente una versión de «socialismo democrático» desconocido en la práctica del siglo XX, caracterizada por la imposición del pensamiento único y la estatalización de las formas de propiedad, y asociándolo a una idea de republicanismo plebeyo y democrático por oposición al republicanismo de signo liberal (mejor no mencionar la experiencia del socialismo del siglo XXI). (…) De ese modo Cuba Posible en su intento reformista «centrista?» velado por los ideales de justicia social redistributiva de un Estado parasitario e ineficiente, prefiere desplazar el centro de atención de las faltas de libertades y derechos de los ciudadanos cubanos al histórico conflicto Cuba-Estados Unidos, eludiendo las cuestiones de fondo que atañen a la reconciliación de la Nación cubana. (…) Abordar la cuestión de la interferencia del Estado Cubano en el ejercicio de las libertades individuales es vital para cualquier enfoque republicano, que pasa por derogar el actual diseño constitucional y legislativo que impone un modelo de dominación que sofoca y criminaliza el disenso político de un Estado totalitario monopartidista con marcadas prácticas biopolíticas foulcantianas desde sus propios orígenes. De ese modo las coordenadas de la Cuba actual perfectamente nos colocan en las coordenadas de un discurso REPUBLICANISTA antimonárquico y de defensa de las libertades formales de finales del siglo XVIII -. (…) Una Cuba republicana y democrática debe alejarse de cualquier mecanismo estatal de dominación ideológica que confunda los espacios públicos con el arbitrio discrecional de los poderes estatales; debe asumir la histórica tripartición de poderes republicana como contrapesos entre las instituciones representativas, alejándose de la fatídica instrumentalización del «enemigo externo» para establecer límites autoritarios a las manifestaciones democráticas y la existencia de espacios autónomos de la sociedad civil. (…) Una Cuba republicana y democrática tiene que honrar el principio de igualdad ante la Ley de todos los cubanos en el pleno ejercicio de sus derechos políticos, sin socavar el ejercicio de los derechos electorales de más de 3,000,000 en virtud de una Ley Electoral que vacía de manera absoluta y discriminada el concepto de ciudadanía a la mera residencia en el territorio nacional. Una Cuba republicana debiera reconsiderar el principio de la ley como única fuente de derecho formal, para alejarse de cualquier postura de positivismo legislativo y dar entrada a nuevos mecanismos de control constitucional y de los poderes públicos, que emanen de las resoluciones de los Tribunales como fuente y mecanismo de justicia social y de adecuación/interpretación de la norma jurídica al contexto social. (…) Esperemos que los próximos aportes de Cuba Posible se acerquen a alguno de los temas enunciados para que contribuyan de manera sustantiva al enunciado diálogo y debate que se dice sostener. Reciba mi saludo cordial y respetuoso.

  4. Hola Horacio, ya le comenté esto en facebook, pero como no le conozco y veo que va colocando por doquier su comentario, le repito aquí el mío, por última vez: Claramente, es usted es de los que entienden y aprecian exclusivamente aquello con los que coinciden ideológicamente. No es esa mi postura ante el pensamiento. Entiendo que no comparta mis posiciones, pero entrecomillar que estudio el derecho cubano, como hago desde hace 25 años, es retórica primaria. Dice usted algunas cosas con las que obviamente coincido, como que existen derechos de los ciudadanos sin que deban estar condicionados por su lugar de residencia. Otras cuestiones, como la «posmodernidad», el republicanismo como «antimonárquico» y como idea «del siglo XVIII», su valoración del mapa político cubano, y de a quién se le presta benevolencia en Cuba, y sus “prácticas biopolíticas foulcantianas” (sic), perdóneme, pero no me merecen comentarios. Quizás dice eso porque lee «rápidamente», como usted mismo ha dicho, y atribuye que lo que así ha leído son frases «vacías». Le deseo suerte a usted y a su colega el Licenciado con la vida posmoderna, pero no les deseo, de todo corazón, que vivan, como dice su colega, en un país sin constitución. Con personas que ya saben todo lo que necesitan saber, que descalifican políticamente los empeños de otros sin tener idea alguna del contexto en que operan, y que encuentran “vacío” todo lo que piensa el resto del género humano distinto a sí mismo, no tengo interés en intercambiar. Hace tiempo perdí intéres por la intolerancia, y nunca tuve vocación para ella. Saludos respetuosos para usted.

  5. Hola Horacio. Le comentaré dos temas sobre esas frases “vacías”, que, como parte de este intercambio, usted ha referido en mi facebook. Por eso, se refiere mas a aquel comentario, que a este, pero como trajo a aquí su opinión, la dejo escrita aqui tambien.
    Han sido los socialistas (distintos entre sí, y en caso alguno reducibles todos al estalinismo, como los reduce usted) los que más han hecho (junto a otros actores, pero hablo solo de los socialistas aquí) por traer al mundo en que hoy vivimos muchas de los contenidos democráticos que en él existen. Entre ellos: el derecho laboral, las reformas agrarias, las reformas urbanas, los sindicatos obreros, las huelgas (la OIT, busque usted sino, es un resultado del empeño de socialistas), los grandes partidos democráticos de masas (opuestos a los partidos de “honorables” y de electorado mínino y elitario), la intervención estatal para producir y proveer bienes comunes (bibliotecas, parques, teatros, y todo tipo de equipamientos sociales públicos), los programas antiesclavistas (antiguos y modernos) y anticolonialistas, el sufragio universal, las repúblicas, los regímenes de veras parlamentarios, el triunfo contra el facismo, el constitucionalismo social de entreguerras, el constitucionalismo de derechos de posguerra; el feminismo social, el antirracismo clasista, las cooperativas y otras formas de gestión colectiva y asociada, los que han luchado por ensanchar el sector público y la regulación democrática de la economía. Una infinita lista de socialistas han renovado de modo radical el arte, la música, la cultura y la ciencia del siglo XX. Entre ellos: Einstein, Bertrand Russell, Picasso, Brecht, Hans Eisler, Shostakóvich, John Lennon, Rosa Luxemburgo, Alexandra Kollontai, Frida Kahlo, Joan Robinson, Margarita Nelken, Chaplin, Visconti, Luis Buñuel, Machado (el poeta, claro está), Cernuda, Miguel Hernández, Neruda, Alejo Carpentier, Julio Cortázar, José María Arguedas y otros hasta el infinito.
    Cualquiera esperaría que se documente mínimamente sobre la historia de este mundo, antes de declarar “vacío”, tan alegremente, todo aquello con lo que no coincide, o que sencillamente desconoce. Solo le recuerdo que nunca es bueno tomar la propaganda (anticomunista, o cualquiera otra) como información, menos como teoría, y menos aún como historiografía.
    Por otra parte, no es democrático, en cuanto a la propiedad, que hoy mismo, mientras usted celebra su democracia “liberal”, en Paraguay exista un 0,94 de concentración de la tierra, de acuerdo con el coeficiente de Gini, seguido por Brasil (0,86), Uruguay (0,84) y Panamá (0,84).
    No es democrático que hoy los residentes del Japón y de los Estados Unidos posean aproximadamente el 47% de las 6,3 millones de patentes en vigor a escala mundial.
    No es democrático que históricamente, en América Latina y el Caribe, la propiedad de los medios de comunicación haya estado extremadamente concentrada en unas pocas mano, y que casi la mitad de los productos y servicios de los mercados de la información y las comunicaciones de cada país sean hoy controlados, mientras usted escribe sobre el “vacío”, por un solo proveedor, que lo “llena” prácticamente todo.
    Por ultimo, no es democrático haber combatido, a sangre y fuego, cualquier proyecto popular, con imaginación socialista, pero en caso alguno “estalinista”, en todo el siglo XX en la región, como recuerdan sangrantemente los casos de Dominicana, El Salvador, Panamá, Chile, Nicaragua, Cuba y varios otros.
    En efecto, estoy de acuerdo, y he escrito largamente y publicado sobre esto en Cuba y en muchas partes, como que es imprescindible ampliar los derechos (todos) de ciudadanía en Cuba, y proteger in extenso la Constitucion, como lo han hecho muchísimas otras personas en Cuba, a todos los cuales usted desconoce.
    Como ve, no es usted el único que necesita ver reconocida su “subjetividad”. Existen intolerancias ilustradas, como el racismo científico, pero todas las ignorancias acarrean intolerancia. Saludos para usted y aquí termino mi intercambio, que contrario a los que usted dice, va ya por dos respuestas suyas y mías, y bastante largas respectivamente. Gracias.

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