A las puertas de una nueva Ley Electoral

Foto: Kaos en la Red
  1. República y derechos: “A quien merme un derecho, córtesele la mano”. Introducción a un dossier
  2. Informe Cuba Posible: “La institucionalidad del gobierno local después de 2018: gobernabilidad y descentralización”.
  3. Una reforma constitucional para el siglo XXI cubano: elementos para el diálogo
  4. Las reformas a la Constitución cubana: Martha Prieto Valdés
  5. Relación cambios/continuidad en materia constitucional: monseñor Carlos Manuel de Céspedes
  6. Pasado, presente y futuro de la reforma constitucional en Cuba (1959-2017): Teodoro Yan Guzmán
  7. Reforma constitucional y “pacto intergeneracional” en Cuba: Jorge I. Domínguez
  8. Reforma constitucional y refundación nacional: Dmitri Prieto Samsónov
  9. Democracia y reforma constitucional en Cuba: Julio César Guanche
  10. Reforma constitucional y derechos civiles y políticos: Rafael Rojas
  11. Republicanismo y reforma constitucional en Cuba: Julio Antonio Fernández Estrada
  12. “El cambio constitucional en Cuba”: lectura crítica a un libro necesario
  13. Una Constitución a la medida del futuro: con nuevos derechos, nuevas instituciones y nuevas utopías
  14. Rafael Rojas: “Debemos estrechar el margen de expectativas y advertir un proceso constituyente acotado, pero que puede avanzar hacia un nuevo marco constitucional más ventajoso para todos los actores”
  15. Elementos a cambiar y a conservar en la Constitución cubana: Roberto Veiga González
  16. ABC sobre la Constitución y su reforma
  17. Reforma constitucional en Cuba: análisis y propuestas
  18. Reforma constitucional y un renovado sueño de país
  19. El proceso de reforma de la Constitución en Cuba
  20. Domingo Amuchástegui: mis tres propuestas para la nueva Constitución de la República de Cuba
  21. Nueva constitución en Cuba: lo que permanece y lo que cambia
  22. Cinco factores que atentan contra el debate del anteproyecto constitucional
  23. El debate de la Constitución según la prensa oficial: radiografía temprana
  24. ¿Cuba homofóbica o de qué matrimonio hablamos?
  25. Por un “catálogo de derechos” que nos “vincule” en la libertad, el bienestar y la justicia
  26. Cuba: la República no está en discusión
  27. Alrededores del artículo 68
  28. Reforma constitucional en Cuba: ante el reto de un nuevo comienzo histórico sin ruptura con la historia
  29. Una posible defensa del diseño del gobierno provincial en el Proyecto de Constitución
  30. ¿Autonomía municipal y gobierno provincial sui generis?
  31. Colocar al Parlamento en el centro del debate
  32. Propuesta de Declaración de Derechos Humanos para una Constitución en Cuba
  33. Iglesia católica y matrimonio igualitario en Cuba: breve comentario a un texto preocupante
  34. ¿El regreso del Presidente de la República?
  35. A las puertas de una nueva Ley Electoral
  36. ¿Cómo nominar y elegir al futuro Presidente de Cuba? Los “comentarios de Randol”
  37. ¿Qué Presidente? ¿Qué Primer Ministro?
  38. Y después de la discusión y de la aprobación: ¿qué hacemos con la Constitución?
  39. ¿Por qué pluralizar el Poder Ejecutivo según el Proyecto de Constitución?
  40. Homero Acosta: “La futura Constitución es una obra colectiva”
  41. Estado socialista “de derecho”: repensar el rol del sistema de justicia en Cuba
  42. Iglesia católica y reforma constitucional en Cuba: hablan los Obispos
  43. ¿Cómo se entiende “lo socialista” en el Proyecto de Reforma Constitucional?
  44. El 68
  45. La certeza en la Constitución: un bien político
  46. La “economía” en el Proyecto de Reforma Constitucional
  47. Dios y el artículo 68
  48. Declaración en solidaridad con las personas LGBTIQ y en respaldo al artículo 68
  49. Reforma constitucional: necesidad de un “Defensor del Pueblo” para Cuba
  50. Artículo 68 y pluralismo en Cuba
  51. Alberto Abreu: “El activismo LGBTI no institucional debe reclamar su derecho a existir en Cuba”
  52. El tránsito socialista: rumbo estratégico al comunismo. Unas primeras notas reflexivas inconclusas. (1ra parte)
  53. Los «derechos humanos» en el Proyecto de Reforma Constitucional
  54. Brevísimas opiniones sobre el 68
  55. Sobre el artículo 68: la homosexualidad no acabará con el mundo
  56. El “trabajo” en el Proyecto de Reforma Constitucional
  57. Raza, racismo y reforma constitucional en Cuba
  58. Cuba: reforma constitucional y regulación de la independencia judicial
  59. Adonis Cervera: “Creo que la novedad está en que el artículo 68 esté ocurriendo en una Isla considerada por muchos como detenida en el tiempo”
  60. Cuba: la nueva Constitución y el día después
  61. Notas migrantes al proyecto constitucional: de la repatriación migratoria a la expatriación de la nacionalidad
  62. Yadiel Cepero: “No es tiempo de reclamar: es tiempo de actuar”
  63. Un Tribunal de Garantías Constitucionales para Cuba: ¿por qué no?
  64. Artículo 68: “Hagan ustedes con los demás como quieran que los demás hagan con ustedes”
  65. Reforma constitucional y desafíos de nuestro sistema de justicia
  66. Derecho a no hacer silencio
  67. Artículo 68: necesitamos unir el activismo de la calle y de las redes sociales, con el institucional y el legislativo
  68. El Parlamento en Cuba: ¡urgencia nacional!
  69. Un parlamento posible para Cuba
  70. Los miembros del Parlamento deben ser electos por sus bases territoriales de manera directa
  71. El Parlamento debe ser el resultado de un modelo electoral con representación proporcional
  72. El Parlamento debe dar cabida al incipiente pluralismo político presente en la sociedad cubana
  73. Partido único en Cuba: ¿el pluripartidismo es la solución?
  74. República y socialismo, aquí y ahora: introducción a un dossier
  75. La práctica renovada de los Derechos como pilar del desarrollo social en Cuba

I

La manera de elegir a las autoridades estatales y gubernamentales constituye un tema crucial en torno al actual proceso de reforma constitucional; será este el contenido esencial del diseño de la nueva Ley Electoral, que deberá estar en vigor seis meses después de ser refrendada la próxima Carta Magna. Sin embargo, resulta difícil discernir al respecto, pues no hay debate sobre el asunto, ni se percibe (al menos públicamente) la orientación de los rectores del proceso en cuanto a ello. Por eso, considero beneficioso presentar estos breves apuntes acerca de elementos medulares del tema que aún no se aprecian en la esfera pública, y algún comentario vinculado con aspectos que sí han sido esbozados y presentados por la prensa.

II

Comienzo resumiendo algunas opiniones ligeramente bocetadas en trabajos anteriores, vinculadas con la elección de los diputados, del presidente de la República, de los gobernadores y de los intendentes.

Al tratar el asunto de la nominación para los cargos de diputados, he resaltado que algunos consideran la necesidad de proscribir ese mecanismo denominado “comisión de candidatura” e incorporar, de algún modo, el concepto aplicado para elegir a los delegados de las asambleas municipales. Igual que, al respecto, unos alegan que los diputados sean nominados directamente por las organizaciones e instituciones civiles y sociales facultadas por la Ley Electoral. Otros abogan para que resulten nominados por asambleas populares, según procedimientos bien establecidos; para que la amplitud, espontaneidad y horizontalidad de tales asambleas no afecten la vitalidad de la soberanía ciudadana, ofreciendo posibilidades para su resquebrajamiento o manipulación. Y no pocos sugieren la pertinencia de la autonominación, siempre que la misma consiga el respaldo de un quorum ciudadano establecido legalmente. Asimismo, he defendido la demanda de excluir el sistema de votación que sólo ratifica o no el candidato nominado para cada escaño, y pasar a un modelo de elección donde cada ciudadano, de entre una lista de propuestas, “escoge” a uno de los candidatos.

En cuanto a la manera de elegir al presidente de la República, he apoyado el anhelo, al parecer mayoritario, de que sea “escogido” directamente por la ciudadanía entre varios candidatos que, a su vez, sean nominados con la mayor autenticidad posible y que cada uno deba presentar su propia “proyección programática”. Esto último, como elemento fundamental para que los electores estén en condiciones ventajosas para decidir a quién seleccionar y disfruten de herramientas para, una vez electo, evaluar su gestión.

Sin embargo, resulta indispensable destacar las precisiones que sobre este particular ha dejado, como comentario, un experto (llamado “Randol”)[1] en el artículo escrito por mí titulado “¿El regreso del Presidente de la República?”, publicado hace unos días en la página web de Cuba Posible. “Randol” afirma en su comentario que serán las organizaciones de masas las que nominarán a los miembros del Comité Central del Partido Comunista de Cuba que consideren con cualidades para ocupar este cargo; y que después cada ciudadano podrá seleccionar, de esa lista, hasta un máximo de cinco nominados de su preferencia; y que los más votados (aunque no señala una cifra acerca de cuántos podrían considerarse los más votados) serán presentados como candidatos definitivos ante la Asamblea Nacional, donde los diputados “escogerán” a quien finalmente ocupará la primera magistratura. Considero que resultará interesante estudiar y evaluar esta presunta forma de elegir al Presidente de la República después que sea presentada en su plena formulación. Si bien no accede a la elección directa por parte de la ciudadanía, establecería una amplia participación en la selección de candidatos, y brindaría una oportunidad al pueblo para participar en la nominación y hasta para ejercer algún tipo de veto; y también garantizaría (en el contexto de un sistema de partido único) la selección por lo menos entre dos personas.

De la misma forma, he destacado que podría considerarse la solicitud de muchos cubanos de que los gobernadores provinciales no sean propuestos por el Jefe del Estado y designados por la Asamblea Nacional, sino que sean electos a través del voto directo del pueblo en cada provincia. No obstante, para ello se hace necesario definir previamente si el Proyecto de Reforma Constitucional quiere considerar al ejecutivo provincial como un gobierno local, según afirman algunos, o una especie de ministerio encargado del territorio provincial, como parece estar esbozo en el texto del Proyecto.

Asimismo, he señalado que comparto la preponderancia de la asamblea de delegados en la instancia municipal y, por ende, la primacía del presidente de la misma. Sin embargo, también he distinguido que el intendente constituye una responsabilidad homóloga (aunque subordinada, y de menores ámbitos y dimensiones) al presidente de la República; y que, por ello, tal vez debería ser un cargo electo por el pueblo de la localidad y, al igual que la asamblea municipal, debería ostentar la representación del municipio; pues ambas instituciones pueden compartir dicha legitimidad, de manera complementaria, sin que implique contradicción o confusión. No obstante, también pudiera considerarse al intendente como un equivalente local del primer ministro, y no del jefe del Estado. En tanto, debería ser propuesto por el presidente de la asamblea municipal y aprobado por esta, y sólo responder a procesos locales.

III

A diferencia de los aspectos anteriores, sí se ha opinado, de manera abundante,acerca del tema de la reelección de las personas que ocupan responsabilidades de poder, en especial acerca del presidente de la República. Estimo positivo que dicho debate esté ocurriendo. No obstante, quiero aportar en torno a ciertos tópicos que, en mi opinión, no han sido analizados de manera suficiente.

En principio, la posibilidad de que una persona sea reelegida de forma indefinida para ocupar cargos de autoridad en el Estado y en el gobierno, no es forzosamente anti-democrática. Todo lo contrario. Dejar la posibilidad de reelección únicamente a la voluntad de la ciudadanía pudiera constituir la manera más democrática de regular la realización justa del presunto derecho. Sin embargo, muchísimas veces se enrarece esta oportunidad, porque los aspirantes a la reelección aprovechan las ventajas que le ofrecen las posiciones de poder para asegurar su triunfo, por medio de metodologías deshonestas. Por otra parte, uno de los principios fundamentales del ideal de República (que siempre debemos procurar cumplir en la mayor proporción posible porque, como afirma el profesor Julio Antonio Fernández, “la República no está en discusión”) demanda la rotación de las personas que ocupan los cargos de autoridad en el Estado y en el gobierno.

En este debate, algunos han propuesto (comenzando por el general Raúl Castro) que deberíamos permitir una sola reelección del presidente de la República, y únicamente para el periodo inmediato posterior al cual esté desempeñando el cargo; pues de este modo sería posible asegurar la continuidad evolutiva de su gestión, en caso de que fuera eficaz e imprescindible. Esta consideración me parece muy pertinente. No obstante, según parece intuirse a través de la prensa, muchos defienden que, si la persona que ocupa la primera magistratura posee inteligencia, sabiduría política, honestidad y capacidad de gestión, pueda ser reelecta indefinidamente.

Con esto no estoy muy de acuerdo y, al parecer, el criterio acerca del asunto puede estar dividido. Sin embargo, algunos insisten, y hasta unos pocos contrarios a la reelección indefinida consideran que, tal vez, durante cierto tiempo no disfrutemos de capacidad para encontrar con facilidad a tantas personas aptas para dicho desempeño y poder ejercer esta rotación con desenvoltura; dada la carencia de experiencia política (directa, práctica y efectiva) de la ciudadanía y hasta de los actores institucionales. En tal sentido, aunque pudiera concederle razones a tal preferencia y a estos argumentos, sólo mantendría la posibilidad de una primera reelección inmediata y no más. Otra cosa, en mi opinión, sería la aceptación de un fracaso social y eso no puede estar en el umbral de nuestras aspiraciones.

Por otro lado, quiero resaltar mi preocupación ante la mayoría de las intervenciones, mostradas por la prensa, a favor de la reelección indefinida. Preciso que esta inquietud no está vinculada básicamente con mi desazón por esos desempeños “vitalicios”, sino por determinadas carencias al presentar la propuesta. Me resulta preocupante que haya ciudadanos proponiendo la reelección indefinida del presidente de la República, y lo hagan al modo de otorgar un “cheque en blanco”; porque en la presentación de tal propósito jamás se analiza o se interroga sobre cómo este será nominado, cómo este será electo, cómo este podrá ser controlado por la sociedad y las instituciones, cómo este podría ser revocado, etcétera. Considero esta ligereza de raciocinio en relación con la propuesta (no a la propuesta en sí que, tal vez, en algunas circunstancias pudiera resultar pertinente), al menos, como un grave error.

IV

Igualmente, cualquier Ley Electoral debe atender a la necesidad de que toda autoridad electa posea la legitimidad requerida. Esta, invariablemente, suele tener una relación intrínseca con el apoyo popular que cada mandatario obtenga en las urnas. Ante esto, a muchos les preocupa la legitimidad de esas autoridades que ocupan los cargos del Estado y del gobierno sin ser electas de manera directa por la ciudadanía; o a través de elecciones directas, pero con amplísimos niveles de abstención, donde no participa un quorum de ciudadanos que pueda considerarse una representación de la generalidad de la sociedad.

En tal sentido, algunos proponen que la concurrencia a las elecciones sea obligatoria y lo fundamentan en base a la responsabilidad ciudadana. Sin embargo, dicha proyección no consigue suficiente anuencia, y no resulta recomendable, porque puede violentar la libertad delos individuos.

La mayoría ha intentado atenuar este dilema, especificando en la Ley Electoral la cuantía de votos que debe recibir un candidato para resultar electo. Sin embargo, los criterios no son homogéneos. Para demostrarlo, sólo citaré tres ejemplos. Hay leyes electorales que otorgan el triunfo a quién obtenga la mayoría simple de los votos válidos emitidos, por escasos que hayan sido. Otras leyes sobre la materia conceden la victoria a quién obtenga, por lo menos, la mitad más uno de los votos válidos emitidos. Y otras normas electorales atribuyen el triunfo a quién obtenga, por lo menos, la mitad más uno de los votos válidos emitidos, pero con un criterio más amplio del término válido.

En este último caso, me refiero a un criterio de “votos válidos emitidos” que incluye como admisibles y legítimos votos convencionalmente estimados como inválidos (por ejemplo: boletas en blanco o que expresan rechazo). Para este método, sólo resultan inválidos los votos que contienen un error (por ejemplo: votar por dos personas para un cargo que exige solamente una). Desde este criterio, por supuesto, se hace más difícil alcanzar la mitad más uno de los votos válidos emitidos y vencer; pero quien lo consigue suele sentir mejor respaldo y poseer mayor legitimidad. No obstante, puede haber sociedades, que atraviesen por etapas muy inestables o con una pluralidad política amplia, donde esta virtud no resulte funcional, sino acaso hasta caótica.

Por esta razón, suele poseer mayor consenso el requisito del alcanzar, al menos, la mitad más uno de los votos válidos emitidos, a partir del criterio convencional acerca de “votos válidos emitidos”. Esta fórmula, a su vez, ofrece la posibilidad de una “segunda vuelta” en caso de que en los primeros escrutinios ningún candidato alcance esa cifra, donde sólo concurren los dos nominados que más votos obtuvieron. Desde esta lógica, por ejemplo, actualmente se eligen en Cuba a los delegados de las asambleas municipales.

V

Pronto, los diputados cubanos estarán enfrentados ante esta diversidad de opciones sobre todo estos temas y tendrán que escoger. Desde ya, la sociedad cubana deberá analizar y deliberar acerca de cada una de estas cuestiones, y hacerle saber a sus parlamentarios cuáles son sus opiniones, preocupaciones y preferencias.

 

[1] COMENTARO DE RANDOL: «Coincido con el autor en que el texto final debe ser más claro sobre el papel de la Presidencia de la República, pero no hay dudas de que el Presidente no será uno de tipo parlamentario, ni estrictamente semipresidencialista, sino uno muy sui generis dentro del subtipo de semipresidencialismo conocido como “presidencial-parlamentario”, donde el Jefe del Estado determina la política general y delega la administración central en un Primer Ministro. Pero el gobierno, la parte ejecutiva (no administrativa) es compartida por ambos, con preeminencia del Presidente. Ambos serian responsables ante la Asamblea Nacional. El Primer Ministro, si bien no será un simple jefe de despacho, porque tendrá iniciativa en el diseño de políticas concretas, dependerá todo el tiempo de la aprobación del Presidente.

A mí me gusta más la figura del Presidente como moderador, e incluso debería contar con un órgano consultivo y deliberativo (Consejo de Estado debería ser el nombre; porque lo que debe existir en la ANPP es una Comisión General). Pero no creo que las actuales circunstancias de Cuba y el poco desarrollo de las bases para este tipo de institucionalidad lo permitan. Es preferible un Presidente de la República fuerte, que sepa delegar, que modere de acuerdo a los intereses del país y de su propia política general, por supuesto. a la vez que vigila porque el gobierno actúe en correspondencia.

En cuanto a su elección, no creo que deba ser directa. Las organizaciones de masas son las que deben nominar a partir de los miembros del Comité Central y luego el pueblo seleccionar mínimo cinco (marcar hasta cinco – uno, dos, tres o cinco o ninguno – en su boleta) con cualidades para el cargo según su opinión. Los más votados popularmente serian los candidatos a presentar ante la ANPP. Es mas sencillo revocar así que llamar a un revocatorio popular».

Sobre los autores
Roberto Veiga González 95 Artículos escritos
(Matanzas, 1964). Director de Cuba Posible. Licenciado en Derecho por la Universidad de Matanzas. Diplomado en Medios de Comunicación, por la Universidad Complutense de Madrid. Estudios curriculares correspondientes para un doctorado en Ciencias Pol...
1 COMENTARIO
  1. Agradezco al autor de este trabajo mi mención y aunque no me considero un experto (disfruto mucho leyendo sobre estos temas, solo eso), me gustaría aclarar un detalle que expuse casi corriendo la vez anterior y que Veiga muy bien señala. El umbral para considerar quienes serían “los más votados” debería fijarse en el 50% más uno.
    Antes de explicarme mejor, tres cosas:
    1) Siempre me ha parecido mejor una Presidencia de la República colegiada; sin embargo, observando la situación y las necesidades concretas del país, resultaría más sensato un Presidente fuerte que en determinados asuntos tuviera a su disposición un Consejo de Estado (la Asamblea Nacional debería procurar otro nombre para su comité permanente), para deliberar y tomar las decisiones de mayor trascendencia. Además, igual el Presidente dependería de la ANPP como también su Primer Ministro. Lo que sí me parece necesario es que se amplíe el número de miembros de la Presidencia (el Proyecto de Constitución que se discute solo contempla Presidente y Vicepresidente), la cual debería estar compuesta por cinco: Presidente, Primer Vicepresidente y (3) Vicepresidentes más, lo que daría más estabilidad institucional, mayor proyección (hay muchas provincias que atender) y mejor especialización con respecto a los órganos superiores de control (Fiscalía, Contraloría).
    2) Considero que la elección indirecta o de segundo grado del Presidente de la República sería – en las condiciones actuales – el único modo de asegurar un compromiso real con el desarrollo y los principios fundamentales (independencia, soberanía y justicia social) de la nación a través de controles directos por parte de los representantes del pueblo.
    3) No creo en la competencia política; entiendo las razones de quienes la defienden, pero no las comparto. Lo único competitivo que debiera permitir un Estado civilizado es el deporte, donde los ganadores son claramente verificables. En el terreno de las subjetividades, toda competencia es oscura, fangosa. No hay foto finish. Ante la posibilidad de perder, los hábitos tramposos saltan como conejos y lo destrozan todo. Son reacciones humanas – ¿lógicas? ¿bioquímicas? – ante el potencial desequilibrio emocional que acarrea perder una contienda. Y de nada vale que se tomen medidas: es una cuestión de supervivencia.
    Toda persona con vocación de servicio público que quiera ser político debe demostrarlo con su hoja de vida y con proyectos concretos y viables, sin necesidad de atacar a otros que optan por el mismo puesto. Y esto es concursar, que no es lo mismo que competir, aunque partan del mismo criterio de “llegar primero” o, en este caso, “de quedar último” después de múltiples cortes evaluativos.
    Tal vez por ello soy tan opuesto al pluripartidismo (en tanto escenario para competir por el poder) y prefiera más los movimientos u organizaciones llamados “bandera”, o sea, que defienden una línea determinada y procuran objetivos concretos para luego disolverse o pasar a otra cosa. Los partidos políticos, en mi opinión, deberían ser sacados de la ecuación electoral de una vez y para siempre. En serio no me preocupa que existan (siempre que no sean fascistas), lo que sí no deberían es poder participar en elecciones, procurar que sus “elegidos” sean los que el pueblo “escoja”. Siempre terminan convirtiéndose en maquinarias electoreras capaces de vender el alma al diablo. Por no hablar de los intereses especiales que se crean detrás de ellos y los mantienen económicamente.
    Soy de los que cree que las organizaciones de la Sociedad Civil tarde o temprano desplazarán a los viejos e inservibles partidos. Por esa razón defiendo esa bella y poderosa metáfora de Álvaro Ramis Olivo que habla de “asediar la fortaleza sin ánimo de conquista”, solo con el objetivo de ejercer un control real y justo.
    Alguien podría creer que prefiero la elección indirecta porque me fío poco de la capacidad intelectual del pueblo. Pero no. En el pueblo sí creo, en ciertos políticos no. El pueblo es sabio y nadie mejor que él para saber lo que obstaculiza su desarrollo, pero igual puede ser víctima de la manipulación más despiadada, de las trampas más sucias. Por eso, en mi opinión, y hasta tanto no exista un paisaje institucional más robusto y armonioso, los candidatos para formar parte de la Presidencia de la República deberían ser NOMINADOS por las organizaciones – antes llamadas “políticas y de masas”, hoy cada vez más “de la sociedad civil” –, SELECIONADOS por el pueblo y ELEGIDOS por la Asamblea Nacional (ANPP). En ese orden.
    Me explico más:
    Se dice que el PCC ni postula ni elige, pero es obvio que quien vaya a ocupar la Presidencia del país debe ser del PCC. Por tanto, la labor del PCC en cuestiones electorales sería poner a disposición de la sociedad civil la vanguardia, lo más granado de la vida política, cultural y económica de la nación, a la que previamente se le dotó de herramientas ideológicas y políticas necesarias para el socialismo. Dicha vanguardia se concentra en el Comité Central del PCC (el Buró Político y el Secretariado son para dirigir y auxiliar, respectivamente).
    Por tanto, (con riesgo de parecer ingenuo), la elección podría seguir estos pasos:
    a) Los Comités Nacionales de las organizaciones de masas (determinadas por la ANPP según su peso real – proyecciones, número de miembros, resultados, etc. –) harían sus respectivas propuestas (un mínimo de cinco – porque 5 serían los cargos que tiene la Presidencia –) y luego convocarían a sus bases a pronunciarse.
    b) Las bases discutirían – podrían agregar otras propuestas – y mediante votación (nominal o secreta, según estimen) y marcando hasta cinco (5), NOMINAN a sus Precandidatos definitivos. Obviamente, muchas organizaciones coincidirían en sus propuestas, y eso es positivo.
    c) El órgano rector de las Elecciones elaboraría una Lista Oficial de Precandidatos con aquellos que alcancen el 50% más uno de los votos válidos – a nivel nacional (sin importar la organización que aportó el voto) –. Dicha Lista Oficial debe contar con un mínimo de siete (7) Precandidatos.
    d) Se llamaría entonces a las urnas a todos los ciudadanos con capacidad electoral a SELECCIONAR de entre esos Precandidatos a sus cinco (5) Candidatos, a quienes considere adecuados para ocupar un puesto en la Presidencia de la República. Pueden marcar hasta (5), o pueden hacerlo solo por 4, 3, 2, 1 o por ninguno. Pero no deben marcar más de 5. Y los deberían incluso numerar (del 1 al 5) a modo de guía, pero, también, para que durante el escrutinio se tome en cuenta únicamente a los candidatos numerados (del 1 al 5) en las boletas donde aparecen más seleccionados.
    e) Nuevamente el órgano rector de las Elecciones elaboraría una Lista Oficial (esta vez de Candidatos) con aquellos que alcancen el 50% más uno de los votos válidos, la cual debe contar también con un mínimo de siete (7) Candidatos. Dicha Lista Oficial se presentaría luego a la ANPP y sus diputados elegirían por votación directa y secreta a aquellos cinco (5) que, a su juicio, deben ocupar los diferentes puestos dentro de la Presidencia de la República. Es importante añadir que los diputados en esta ultima fase no pueden ser presionados y que independientemente del Candidato que obtuvo más votos populares, es decisión exclusiva de la ANPP determinar quién será el Presidente, el Primer Vicepresidente y los 3 Vicepresidentes.

    Indudablemente este esquema da mayor legitimidad popular. Pero tampoco me opongo a una variante (menos democrática para algunos, pero igual de efectiva) donde la elección presidencial solo contemple a las organizaciones de masas y la ANPP. A fin de cuentas, en Cuba la mayoría del pueblo pertenece a alguna organización importante. Pero, bueno, también es verdad que solo la mayoría.

    Gracias y perdonen que me extendiera.

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