
Como resultado del dossier titulado “Agendas mínimas para un debate amplio”, hemos constatado que tres temas resultan convergentes tanto a los debates populares (en los barrios, en los centros laborales y educativos de todo el país), como en el referido Dossier. El pueblo en general (según cifras oficiales) y los especialistas convocados por Cuba Posible hicieron referencia a estos tres temas: a) la forma de elección del Presidente, b) el matrimonio igualitario, y c) el rol y forma de elección de la nueva figura del Gobernador. Teniendo esto como base, les hemos preguntado a un grupo de participantes del mismo Dossier por qué, a su juicio, resultaría indispensable (o no) que los diputados cubanos tengan en cuenta estas prioridades mientras deliberan y aprueban la nueva Carta Magna y, también, en qué condiciones se encuentran para hacerlo. A continuación exponemos las respuestas del profesor e investigador Pedro Cubas.
La consulta popular sobre el Proyecto de Constitución y el debate alterno promovido por Cuba Posible tienen como saldo global tres temas en común que motivan estas breves líneas:
a) La forma de elección del Presidente es un problema creado intencionalmente justo a partir de 1959. Por eso, la mayoría de quienes nacimos desde esa fecha aún no hemos tenido la oportunidad de elegir al Primer Magistrado de la Nación por medio del sufragio universal. Y si no se remedia eso en esta coyuntura, entonces podremos pensar que nunca tendremos el chance de vivir esa experiencia política.
b) El matrimonio igualitario es una lucha social que tiene una larga historia; pero desde el 2000 hasta hoy, sólo una veintena de países del planeta han aprobado el casamiento entre dos personas del mismo sexo, y otros pocos solamente reconocen la unión civil. De una forma u otra, el mundo da señales de estar reaccionando, aunque a pasos todavía lentos, a la tiranía de la hetero-normatividad; y Cuba precisa repensar sus concepciones de familia y de respeto a la diferencia (si es posible pensar que existe eso en nuestro país).
c) El rol y forma de elección de la nueva figura del Gobernador Provincial parece haber creado una especie de ruido en el sistema de la población cubana. Lo único que veo “nuevo” para nuestro contexto contemporáneo es la palabra “Gobernador”, pues –dicho sea de paso– la verdad es que estamos presenciando el retorno tragicómico de un cargo público político-administrativo establecido en el ocaso de la época colonial en Cuba (década de 1890), y que continuó operando a lo largo de las dos primeras repúblicas de nuestro país.
A mi juicio, resulta indispensable que, en el acto de la deliberación y aprobación de la nueva Carta Magna, los diputados cubanos tengan en cuenta como prioridad –por un lado– la comprensión de que las personas del mismo sexo también tienen derecho a una vida a dos bajo la protección de las leyes cubanas. Y, por otro, entender que debe ser la población votante quien asuma la responsabilidad de elegir democráticamente tanto al Presidente de la República, como a los Gobernadores Provinciales (incluyendo al Primer Ministro y a todos los parlamentarios que actúan en los niveles municipal, provincial y nacional).
Sin embargo, una pregunta salta a la vista: ¿en qué condiciones se encuentran los diputados para atender esos temas? Pienso que la discusión del enlace matrimonial igualitario debería partir del Título IV: Derechos, deberes y garantías y sus capítulos I (Disposiciones generales – artículo 40) y II (Derechos individuales – artículos 44 y 46). Lo complicado de hacerlo podría estar en la mentalidad de los parlamentarios, que son rehenes de las voluntades “políticas” androcéntricas. No obstante, es un tema con potencial para ser legitimado.
Y la misma manera de elegir tanto al Presidente del país, como a los Gobernadores Provinciales, es el resultado de la proyección totalitaria del gobierno cubano expresada en el Título I: Fundamentos políticos, capítulo I (Principios fundamentales de la nación –artículo 5). En este contexto, no veo a los diputados siendo capaces por voluntad propia de tocar ese nervio de la estructura de poder central, cuya fuerte dosis autoritaria no parece languidecer. Mucho menos se atreverán a preguntarse en voz alta: ¿qué diferencias sustanciales existen entre el papel de un futuro Gobernador Provincial y la función desempeñada anteriormente por un Presidente de la Asamblea Provincial del Poder Popular? Por tanto, no repensar hoy acerca de los derechos civiles y políticos del pueblo cubano significa ¡Llamuriri amuriri abasi (ir por mal camino)!